Reglamento del Planeamiento Urbanístico: Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial

Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Real Decreto 2159/1978

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

2.- Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

ARTICULO 10. Módulos mínimos de reserva para dotaciones en suelo residencial.

Unidades de viviendas Sistema espacios libres de dominio y uso público Centros docentes Servicios de interés público y social Plazas de aparcamiento Observaciones
Jardines

m² suelo vivienda

Areas de juego y de recreo de niños

m² suelo vivienda

Preescolar guardería

m² suelo vivienda

E.G.B.

m² suelo vivienda

B.U.P.

m² suelo vivienda

Parque deportivo

m² suelo vivienda

Equipamiento comercial

m² const. vivienda

Equipamiento social

m² const. vivienda

Núm./100

m² edificación

Unidad elemental. 15 3 10 2 2 1 El Plan Parcial propondrá el uso concreto de las reservas para Centros docentes y para servicios de interés público y social.
Unidad básica. 15 3 2 10 6 1 3 1 El Plan Parcial propondrá los usos concretos de la reserva de interés público y social.
Unidad integrada. 15 6 2 10 6 2 4 1 El Plan Parcial propondrá los usos concretos de la reserva de equipamiento social, distinguiendo, al menos, usos sanitarios y administrativos.
Conjuntos entre 1.000 y 2.000 viviendas 15 6 2 10 8 3 6 1 El Plan Parcial propondrá los usos concretos de la reserva de equipamiento social, distinguiendo, al menos, usos sanitarios y administrativos.
Conjuntos entre 2.000 y 5.000 viviendas 15 6 2 10 4 8 4 6 1 E1 Plan Parcial propondrá los usos concretos de la reserva de equipamiento social, distinguiendo, al menos, usos religiosos, sanitarios, asistenciales, administrativos, culturales, recreativos y club de ancianos.
Conjuntos superiores a 5.000 viviendas Se mantendrán como módulos mínimos de reserva de Plan Parcial los asignados a conjuntos comprendidos entre 2.000 y 5.000 viviendas. La reserva de dotaciones cuya necesidad sea generada por superarse en la ordenación del Plan Parcial la cifra de 5.000 viviendas, estará definida tanto en cuantía como en localización en el planeamiento de rango superior, teniendo el carácter de equipamiento propio de éste.  

Enlaces a legislación relacionada con Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

3.- Investigación Jurídica sobre el Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Reglamento del Planeamiento Urbanístico.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Reglamento del Planeamiento Urbanístico en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Reglamento del Planeamiento Urbanístico.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Reglamento del Planeamiento Urbanístico.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Reglamento del Planeamiento Urbanístico


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Reglamento del Planeamiento Urbanístico
    Palabras Clave Real Decreto 2159/1978, Derecho Canónico, Derecho Fiscal y Financiero, Derecho Militar, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal General, Derecho en General, Derechos Reales, Administrativo, Ancianos, As, Decreto, Dominio, Espacios Libres, Jardines, Juego, Reglamento, Religiosos, Reservas, Servicios, Suelo, Superior
    Descripción REAL DECRETO. Esta entrada hace referencia a al Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Reglamento del Planeamiento Urbanístico y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Francisco Villalba
    Fecha Disposición 23-6-1978
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-10-modulos-minimos-de-reserva-para-dotaciones-en-suelo-residencial-del-real-decreto-2159-1978
    Fuente BOE y otras
    Órgano Ministerio De Obras Publicas Y Urbanismo
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial
    Materia Reglamento del Planeamiento Urbanístico – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Real Decreto 2159/1978
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Articulo 10 Módulos Mínimos de Reserva para Dotaciones en Suelo Residencial del Reglamento del Planeamiento Urbanístico Completado
    Dominio leyes.org.es


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