Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, Art. 102: Convenios Internacionales y Participación

Art. 102 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios Internacionales y Participación

Art. 102 de la Ley Orgánica 1/2007: Convenios Internacionales y Participación

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 102 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios Internacionales y Participación

2.- Art. 102 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios Internacionales y Participación

Párrafo 1 del Artículo 102 de la Ley Orgánica 1/2007

1. El Gobierno del Estado debe informar a la Comunidad Autónoma sobre los tratados y los convenios internacionales que pretenda negociar y suscribir cuando éstos afecten directa y singularmente a sus competencias. El Gobierno de las ILles Balears y el Parlamento de las ILles Balears pueden dirigir al Gobierno del Estado y a las Cortes Generales las observaciones que consideren oportunas.

Párrafo 2 del Artículo 102 de la Ley Orgánica 1/2007

2. La Comunidad Autónoma podrá participar en las delegaciones españolas en aquellos casos en que se negocian tratados que afecten directa y singularmente a la Comunidad, en la forma que determine la legislación del Estado.

Párrafo 3 del Artículo 102 de la Ley Orgánica 1/2007

3. La Comunidad Autónoma puede solicitar que el Estado suscriba tratados y convenios internacionales en las materias que la afecten.

Párrafo 4 del Artículo 102 de la Ley Orgánica 1/2007

4. La Comunidad Autónoma debe adoptar las medidas necesarias para ejecutar las obligaciones derivadas de los tratados y de los convenios internacionales ratificados por España o que vinculen al Estado, en el ámbito de sus competencias.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 102 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios Internacionales y Participación

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 102 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios Internacionales y Participación

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 102 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios Internacionales y Participación.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 102 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios Internacionales y Participación

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 102 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios Internacionales y Participación en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 102 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios Internacionales y Participación.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 102 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios Internacionales y Participación.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 102 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios Internacionales y Participación


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 102 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios Internacionales y Participación

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 102 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios Internacionales y Participación
    Palabras Clave Ley Orgánica 1/2007, Derecho Administrativo, Derecho Internacional, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derechos Reales, Administrativo, As, Comunidad, Cortes, Estado, Estatuto, Forma, Gobierno, Medidas, Parlamento, Reforma, Tratados
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 102 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios Internacionales y Participación y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Eduardo Rodríguez
    Fecha Disposición 28-2-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-102-de-la-ley-organica-1-2007
    Fuente , Boletin Oficial De Las Illes Balears
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 102: Convenios Internacionales y Participación
    Materia Estatuto de Autonomía de las Illes Balears – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 1/2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 102 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios Internacionales y Participación Completado
    Dominio leyes.org.es


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