Estatuto de Autonomía para Asturias: Art. 11

Art. 11 del Estatuto de Autonomía para Asturias

Art. 11 de la Ley Orgánica 7/1981

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 11 del Estatuto de Autonomía para Asturias

2.- Art. 11 del Estatuto de Autonomía para Asturias

En el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, corresponde al Principado de Asturias el desarrollo legislativo y la ejecución en las siguientes materias:

  • Párrafo 1 del Artículo 11 de la Ley Orgánica 7/1981

    1. Montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos.

  • Párrafo 2 del Artículo 11 de la Ley Orgánica 7/1981

    2. Sanidad e higiene.

  • Párrafo 3 del Artículo 11 de la Ley Orgánica 7/1981

    3. Coordinación hospitalaria en general, incluida la de la Seguridad Social.

  • Párrafo 4 del Artículo 11 de la Ley Orgánica 7/1981

    4. Ordenación farmacéutica.

  • Párrafo 5 del Artículo 11 de la Ley Orgánica 7/1981

    5. Protección del medio ambiente, incluidos los vertidos industriales y contaminantes en ríos, lagos y aguas interiores y normas adicionales de protección del medio ambiente.

  • Párrafo 6 del Artículo 11 de la Ley Orgánica 7/1981

    6. Régimen minero y energético.

  • Párrafo 7 del Artículo 11 de la Ley Orgánica 7/1981

    7. Ordenación del sector pesquero.

  • Párrafo 8 del Artículo 11 de la Ley Orgánica 7/1981

    8. Defensa del consumidor y del usuario, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado, las bases y la coordinación general de la sanidad, en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y en los números 11, 13 y 16 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución.

  • Párrafo 9 del Artículo 11 de la Ley Orgánica 7/1981

    9. Corporaciones de Derecho público representativas de intereses económicos y profesionales.Ejercicio de las profesiones tituladas.

  • Párrafo 10 del Artículo 11 de la Ley Orgánica 7/1981

    10. Régimen local.

  • Párrafo 11 del Artículo 11 de la Ley Orgánica 7/1981

    11. Sistema de consultas populares en el ámbito del Principado de Asturias, de conformidad con lo que disponga la Ley a que se refiere el artículo 92.3 de la Constitución y demás leyes del Estado, correspondiendo a éste la autorización de su convocatoria.

Artículo 11 redactado por L.O. 1/1999, 5 enero, de reforma de la Ley Orgánica 7/1981, de Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias («B.O.E.» 8 enero).

Enlaces a legislación relacionada con Art. 11 del Estatuto de Autonomía para Asturias

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 11 del Estatuto de Autonomía para Asturias

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 11 del Estatuto de Autonomía para Asturias

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 11 del Estatuto de Autonomía para Asturias.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 11 del Estatuto de Autonomía para Asturias

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 11 del Estatuto de Autonomía para Asturias en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 11 del Estatuto de Autonomía para Asturias.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 11 del Estatuto de Autonomía para Asturias.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 11 del Estatuto de Autonomía para Asturias


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 11 del Estatuto de Autonomía para Asturias

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 11 del Estatuto de Autonomía para Asturias
    Palabras Clave Ley Orgánica 7/1981, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Agrario, Derecho Civil, Derecho Comercial, Derecho Internacional Público, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derechos Reales, Familia y Tutela, Obligaciones, Previsión Social, Privilegios, Sucesiones, Civil, Medio Ambiente, Acuerdo, Administrativo, Aguas, As, Corporaciones, Defensa, Espacios Naturales Protegidos, Estado, Estatuto, Higiene, Intereses, Lagos, Leyes, Medio Ambiente, Montes, Normas, Pastos, Reforma, Sanidad, Seguridad social, Servicios, Sistema
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 11 del Estatuto de Autonomía para Asturias y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Agustín Villalba
    Fecha Disposición 30-12-1981
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-11-de-la-ley-organica-7-1981
    Fuente BOE y otras
    Órgano
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 11
    Materia Estatuto de Autonomía para Asturias – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 7/1981
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 11 del Estatuto de Autonomía para Asturias Completado
    Dominio leyes.org.es


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