Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Art. 117: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento

Art. 117 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento

Art. 117 de la Ley Orgánica 2/2007: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 117 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento

2.- Art. 117 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento

Párrafo 1 del Artículo 117 de la Ley Orgánica 2/2007

1. El Presidente o Presidenta de la Junta dirige y coordina la actividad del Consejo de Gobierno, coordina la Administración de la Comunidad Autónoma, designa y separa a los Consejeros y ostenta la suprema representación de la Comunidad Autónoma y la ordinaria del Estado en Andalucía.

Párrafo 2 del Artículo 117 de la Ley Orgánica 2/2007

2. El Presidente podrá delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en uno de los VIcepresidentes o Consejeros.

Párrafo 3 del Artículo 117 de la Ley Orgánica 2/2007

3. El Presidente es responsable políticamente ante el Parlamento.

Párrafo 4 del Artículo 117 de la Ley Orgánica 2/2007

4. El Presidente podrá proponer por iniciativa propia o a solicitud de los ciudadanos, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 y en la legislación del Estado, la celebración de consultas populares en el ámbito de la Comunidad Autónoma, sobre cuestiones de interés general en materias autonómicas o locales.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 117 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 117 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 117 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 117 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 117 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 117 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 117 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 117 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 117 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 117 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento
    Palabras Clave Ley Orgánica 2/2007, Derecho Político, Derecho Procesal, Derechos Reales, Hechos y Actos Jurídicos Civiles, Obligaciones, Administrativo, Comunidad, Estado, Estatuto, Gobierno, Parlamento, Reforma, Responsabilidad
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 117 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Alejandro Ortiz
    Fecha Disposición 19-3-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-117-de-la-ley-organica-2-2007
    Fuente , Boletin Oficial De La Junta De Andalucia
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 117: Funciones y Responsabilidad Ante el Parlamento
    Materia Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 2/2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 117 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Funciones y Responsabilidad ante el Parlamento Completado
    Dominio leyes.org.es


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