Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
Art. 118 de la Ley Orgánica 1/2007: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
- Versión Actual, en vigor desde 18 de Julio de 2010
- Más información sobre la versión actual del Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
2.- Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
Párrafo 1 del Artículo 118 de la Ley Orgánica 1/2007
1. En materia de prestación y gestión de servicios propios de la Comunidad Autónoma, ésta puede suscribir convenios con otras comunidades autónomas. Dichos acuerdos se comunicarán a las Cortes Generales y entrarán en vigor a los sesenta días de la comunicación, a no ser que las Cortes Generales, en el plazo citado, estimen que se trata de un acuerdo de cooperación, según lo que dispone el apartado 2 del artículo 145 de la Constitución.
Párrafo 2 del Artículo 118 de la Ley Orgánica 1/2007
2. La Comunidad Autónoma, previa autorización de las Cortes Generales, podrá también establecer acuerdos de cooperación con otras comunidades autónomas.
Enlaces a legislación relacionada con Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia relacionada con el Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
- Búsqueda de Datos sobre el Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
- Notas de Jurisprudencia relacionada con el Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-118-de-la-ley-organica-1-2007
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
- Búsqueda de Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas en el Diccionario Jurídico
- Búsqueda de Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas en la Enciclopedia Jurídica española
- Búsqueda de libros jurídicos relacionados con el Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
- Búsqueda de voces relacionadas con el Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas en el Tesauro Jurídico
- Búsqueda de índices relacionados con el Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
- Búsqueda de respuestas jurídicas relacionadas con el Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
- Detalles de enmiendas del Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas y otras
- Notas de correcciones del Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas |
Palabras Clave | Ley Orgánica 1/2007, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Internacional Público, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derechos Reales, Acuerdo, Acuerdos, Administrativo, As, Comunidad, Cortes, Estatuto, Reforma, Servicios |
Descripción | LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Daniel Quiroga |
Fecha Disposición | 28-2-2007 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-118-de-la-ley-organica-1-2007 |
Fuente | , Boletin Oficial De Las Illes Balears |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 118: Convenios con Otras Comunidades Autónomas |
Materia | Estatuto de Autonomía de las Illes Balears – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley Orgánica 1/2007 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 118 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Convenios con Otras Comunidades Autónomas Completado |
Dominio | leyes.org.es |