Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, Art. 120: Principios

Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios

Art. 120 de la Ley Orgánica 1/2007: Principios

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios

2.- Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios

Párrafo 1 del Artículo 120 de la Ley Orgánica 1/2007

1. Las relaciones de orden tributario y financiero entre el Estado y la Comunidad Autónoma de las ILles Balears se regulan por la Constitución, el presente Estatuto y la Ley Orgánica prevista en el apartado 3 del artículo 157 de la Constitución.

Párrafo 2 del Artículo 120 de la Ley Orgánica 1/2007

2. La financiación de la Comunidad Autónoma de las ILles Balears se fundamenta en los siguientes principios:

  • a) Autonomía financiera.
  • b) Lealtad institucional.
  • c) Solidaridad, equidad y suficiencia financiera, atendiendo al reconocimiento específico del hecho diferencial de la insularidad, para garantizar el equilibrio territorial, y a la población real efectiva, determinada de acuerdo con la normativa estatal, así como a su evolución.
  • d) Responsabilidad fiscal.
  • e) Coordinación y transparencia en las relaciones fiscales y financieras entre las Administraciones públicas.
  • f) Garantía de financiación de los servicios educativos, sanitarios y sociales en los términos previstos en el artículo 123.2 de este Estatuto.
  • g) Prudencia financiera y austeridad.

Párrafo 3 del Artículo 120 de la Ley Orgánica 1/2007

3. La Comunidad Autónoma de las ILles Balears goza del mismo tratamiento fiscal que la legislación establezca para el Estado.

Enlaces a legislación relacionada con Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios
    Palabras Clave Ley Orgánica 1/2007, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Internacional Público, Derecho Militar, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho de las Comunidades Europeas, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Hechos, Hechos y Actos Jurídicos Civiles, Obligaciones, Organización Judicial, Acuerdo, Administrativo, As, Comunidad, Equidad, Estado, Estatuto, Fiscal, Hecho, Orden, Principios, Reconocimiento, Reforma, Responsabilidad, Servicios, Solidaridad
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Luis Acosta
    Fecha Disposición 28-2-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-120-de-la-ley-organica-1-2007
    Fuente , Boletin Oficial De Las Illes Balears
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 120: Principios
    Materia Estatuto de Autonomía de las Illes Balears – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 1/2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios Completado
    Dominio leyes.org.es


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