Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios
Art. 120 de la Ley Orgánica 1/2007: Principios
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios
- Versión Actual, en vigor desde 18 de Julio de 2010
- Más información sobre la versión actual del Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios
2.- Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios
Párrafo 1 del Artículo 120 de la Ley Orgánica 1/2007
1. Las relaciones de orden tributario y financiero entre el Estado y la Comunidad Autónoma de las ILles Balears se regulan por la Constitución, el presente Estatuto y la Ley Orgánica prevista en el apartado 3 del artículo 157 de la Constitución.
Párrafo 2 del Artículo 120 de la Ley Orgánica 1/2007
2. La financiación de la Comunidad Autónoma de las ILles Balears se fundamenta en los siguientes principios:
- a) Autonomía financiera.
- b) Lealtad institucional.
- c) Solidaridad, equidad y suficiencia financiera, atendiendo al reconocimiento específico del hecho diferencial de la insularidad, para garantizar el equilibrio territorial, y a la población real efectiva, determinada de acuerdo con la normativa estatal, así como a su evolución.
- d) Responsabilidad fiscal.
- e) Coordinación y transparencia en las relaciones fiscales y financieras entre las Administraciones públicas.
- f) Garantía de financiación de los servicios educativos, sanitarios y sociales en los términos previstos en el artículo 123.2 de este Estatuto.
- g) Prudencia financiera y austeridad.
Párrafo 3 del Artículo 120 de la Ley Orgánica 1/2007
3. La Comunidad Autónoma de las ILles Balears goza del mismo tratamiento fiscal que la legislación establezca para el Estado.
Enlaces a legislación relacionada con Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia relacionada con el Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios
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3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-120-de-la-ley-organica-1-2007
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
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3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios
- Detalles de enmiendas del Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios y otras
- Notas de correcciones del Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios |
Palabras Clave | Ley Orgánica 1/2007, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Internacional Público, Derecho Militar, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho de las Comunidades Europeas, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Hechos, Hechos y Actos Jurídicos Civiles, Obligaciones, Organización Judicial, Acuerdo, Administrativo, As, Comunidad, Equidad, Estado, Estatuto, Fiscal, Hecho, Orden, Principios, Reconocimiento, Reforma, Responsabilidad, Servicios, Solidaridad |
Descripción | LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Luis Acosta |
Fecha Disposición | 28-2-2007 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-120-de-la-ley-organica-1-2007 |
Fuente | , Boletin Oficial De Las Illes Balears |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 120: Principios |
Materia | Estatuto de Autonomía de las Illes Balears – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley Orgánica 1/2007 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 120 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Principios Completado |
Dominio | leyes.org.es |