Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, Art. 124: Cooperativas y Economía Social

Art. 124 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Cooperativas y Economía Social

Art. 124 de la Ley Orgánica 6/2006: Cooperativas y Economía Social

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 124 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Cooperativas y Economía Social

2.- Art. 124 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Cooperativas y Economía Social

Párrafo 1 del Artículo 124 de la Ley Orgánica 6/2006

1. Corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva en materia de cooperativas.

Párrafo 2 del Artículo 124 de la Ley Orgánica 6/2006

2. La competencia a que se refiere el apartado 1 incluye la organización y el funcionamiento de las cooperativas, los cuales a su vez incluyen en todo caso:

  • a) La definición, la denominación y la clasificación.
  • b) Los criterios sobre fijación del domicilio.
  • c) Los criterios rectores de actuación.
  • d) Los requisitos de constitución, modificación de los estatutos sociales, fusión, escisión, transformación, disolución y liquidación.
  • e) La calificación, la inscripción y la certificación en el registro correspondiente.
  • f) Los derechos y deberes de los socios.
  • g) El régimen económico y la documentación social.
  • h) La conciliación y la mediación.
  • I) Los grupos cooperativos y las formas de colaboración económica de las cooperativas.

Párrafo 3 del Artículo 124 de la Ley Orgánica 6/2006

3. La competencia a que se refiere el apartado 1 incluye en todo caso la regulación y el fomento del movimiento cooperativo, en especial para promover las formas de participación en la empresa, el acceso de los trabajadores a los medios de producción y la cohesión social y territorial. La regulación y el fomento del movimiento cooperativo incluyen:

  • a) La regulación del asociacionismo cooperativo.
  • b) La enseñanza y la formación cooperativas.
  • c) La fijación de los criterios, la regulación de las condiciones, la ejecución y el control de las ayudas públicas al mundo cooperativo.

Párrafo 4 del Artículo 124 de la Ley Orgánica 6/2006

4. Corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva sobre el fomento y la ordenación del sector de la economía social.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 124 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Cooperativas y Economía Social

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 124 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Cooperativas y Economía Social

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 124 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Cooperativas y Economía Social.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 124 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Cooperativas y Economía Social

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 124 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Cooperativas y Economía Social en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 124 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Cooperativas y Economía Social.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 124 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Cooperativas y Economía Social.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 124 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Cooperativas y Economía Social


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 124 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Cooperativas y Economía Social

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 124 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Cooperativas y Economía Social
    Palabras Clave Ley Orgánica 6/2006, Derecho Minero, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho del Trabajo Individual, Persona, Administrativo, Fiscal, Laboral, Medio Ambiente, Mercantil, Penal, Procesal, As, Civil, Condiciones, Domicilio, Empresa, Estatuto, Estatutos, Fomento, Mundo, Operativo, Reforma, Registro, Trabajadores
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 124 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Cooperativas y Economía Social y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador María Villalba
    Fecha Disposición 19-7-2006
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-124-de-la-ley-organica-6-2006
    Fuente BOE y otras
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 124: Cooperativas y Economía Social
    Materia Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 6/2006
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 124 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Cooperativas y Economía Social Completado
    Dominio leyes.org.es


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