Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Art. 128: Defensor del Pueblo Andaluz

Art. 128 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Defensor del Pueblo Andaluz

Art. 128 de la Ley Orgánica 2/2007: Defensor del Pueblo Andaluz

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 128 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Defensor del Pueblo Andaluz

2.- Art. 128 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Defensor del Pueblo Andaluz

Párrafo 1 del Artículo 128 de la Ley Orgánica 2/2007

1. El Defensor del Pueblo Andaluz es el comisionado del Parlamento, designado por éste para la defensa de los derechos y libertades comprendidos en el Título I de la Constitución y en el Título I del presente Estatuto, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de las Administraciones públicas de Andalucía, dando cuenta al Parlamento.

Párrafo 2 del Artículo 128 de la Ley Orgánica 2/2007

2. El Defensor del Pueblo Andaluz será elegido por el Parlamento por mayoría cualificada. Su organización, funciones y duración del mandato se regularán mediante ley.

Párrafo 3 del Artículo 128 de la Ley Orgánica 2/2007

3. El Defensor del Pueblo Andaluz y el Defensor del Pueblo designado por las Cortes Generales colaborarán en el ejercicio de sus funciones.

Véase la Ley [ANDALUCÍA] 9/1983, 1 diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz («B.O.J.A.» 9 diciembre).

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 128 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Defensor del Pueblo Andaluz

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 128 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Defensor del Pueblo Andaluz

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 128 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Defensor del Pueblo Andaluz.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 128 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Defensor del Pueblo Andaluz

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 128 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Defensor del Pueblo Andaluz en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 128 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Defensor del Pueblo Andaluz.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 128 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Defensor del Pueblo Andaluz.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 128 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Defensor del Pueblo Andaluz


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 128 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Defensor del Pueblo Andaluz

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 128 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Defensor del Pueblo Andaluz
    Palabras Clave Ley Orgánica 2/2007, Contratos Civiles, Derecho Constitucional, Derecho Internacional Público, Derecho Político, Derecho Procesal, Derecho Procesal General, Filosofía del Derecho, Administrativo, Cortes, Defensa, Defensor, Efecto, Estatuto, Libertades, Mandato, Parlamento, Reforma
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 128 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Defensor del Pueblo Andaluz y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Julia Pérez
    Fecha Disposición 19-3-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-128-de-la-ley-organica-2-2007
    Fuente , Boletin Oficial De La Junta De Andalucia
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 128: Defensor del Pueblo Andaluz
    Materia Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 2/2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 128 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Defensor del Pueblo Andaluz Completado
    Dominio leyes.org.es


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