Reglamento de Gestión Urbanística: Art. 128

Art. 128 del Reglamento de Gestión Urbanística

Art. 128 del Real Decreto 3288/1978

Enciclopedia del Derecho > España > Legislación > Leyes Básicas de Derecho Administrativo > Reglamento de Gestión Urbanística > Titulo III: Reparcelación > Capitulo VI: Efectos > Seccion 2: Efectos Económicos > Artículo 128

1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 128 del Reglamento de Gestión Urbanística

2.- Art. 128 del Reglamento de Gestión Urbanística

Párrafo 1 del Artículo 128 del Real Decreto 3288/1978

1. La liquidación definitiva de la reparcelación tendrá lugar cuando se concluya la urbanización de la unidad reparcelable y, en todo caso, antes de que transcurran cinco años desde el acuerdo aprobatorio de la reparcelación.

Párrafo 2 del Artículo 128 del Real Decreto 3288/1978

2. Tendrá exclusivamente efectos económicos y no podrá afectar a la titularidad real sobre los terrenos.

Párrafo 3 del Artículo 128 del Real Decreto 3288/1978

3. En la liquidación definitiva se tendrán en cuenta:

  • a) Las cargas y gastos prorrateables entre los adjudicatarios de fincas resultantes, que se hayan producido con posterioridad al acuerdo de reparcelación.
  • b) La errores u omisiones que se hayan advertido con posterioridad a dicho acuerdo.
  • c) Las rectificaciones impuestas por resoluciones administrativas o judiciales posteriores al mismo.

Párrafo 4 del Artículo 128 del Real Decreto 3288/1978

4. Si con posterioridad a la liquidación definitiva se produjeran nuevas resoluciones administrativas o judiciales, con efecto sobre los intereses económicos de los afectados, la ejecución de las mismas habrá de producirse en un expediente nuevo y distinto.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 128 del Reglamento de Gestión Urbanística

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 128 del Reglamento de Gestión Urbanística

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 128 del Reglamento de Gestión Urbanística.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 128 del Reglamento de Gestión Urbanística

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 128 del Reglamento de Gestión Urbanística en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 128 del Reglamento de Gestión Urbanística.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 128 del Reglamento de Gestión Urbanística.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 128 del Reglamento de Gestión Urbanística


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 128 del Reglamento de Gestión Urbanística

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 128 del Reglamento de Gestión Urbanística
    Palabras Clave Real Decreto 3288/1978, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Comercial, Derecho Internacional Público, Derecho Procesal General, Derecho en General, Derechos Reales, Familia y Tutela, Filosofía del Derecho, Obligaciones, Privilegios, Sucesiones, Acuerdo, Administrativo, Cargas, Decreto, Efecto, Intereses, Reglamento, Resoluciones, Suelo, Tinto
    Descripción REAL DECRETO. Esta entrada hace referencia a al Art. 128 del Reglamento de Gestión Urbanística y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Felipe Gutiérrez
    Fecha Disposición 25-8-1978
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-128-del-real-decreto-3288-1978
    Fuente BOE y otras
    Órgano Ministerio De Obras Publicas Y Urbanismo
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 128
    Materia Reglamento de Gestión Urbanística – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Real Decreto 3288/1978
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 128 del Reglamento de Gestión Urbanística Completado
    Dominio leyes.org.es


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