Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública
Art. 132 de la Ley Orgánica 1/2007: Endeudamiento y Deuda Pública
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública
- Versión Actual, en vigor desde 18 de Julio de 2010
- Más información sobre la versión actual del Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública
2.- Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública
Párrafo 1 del Artículo 132 de la Ley Orgánica 1/2007
1. La Comunidad Autónoma de las ILles Balears puede recurrir al endeudamiento y emitir deuda pública para financiar gastos de inversión en los límites que las leyes de presupuestos de la Comunidad Autónoma determinen, respetando los principios generales y la normativa estatal.
Párrafo 2 del Artículo 132 de la Ley Orgánica 1/2007
2. Los títulos emitidos tienen a todos los efectos la consideración de fondos públicos y gozarán de los mismos beneficios y condiciones que los emitidos por el Estado.
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia relacionada con el Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública
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- Notas de Jurisprudencia relacionada con el Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública
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3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-132-de-la-ley-organica-1-2007
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
- Búsqueda de Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública en el Diccionario Jurídico
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3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública
- Detalles de enmiendas del Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública y otras
- Notas de correcciones del Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública |
Palabras Clave | Ley Orgánica 1/2007, Derecho Fiscal, Derecho Político, Derecho Procesal, Derecho de las Comunidades Europeas, Derechos Reales, Administrativo, Comunidad, Condiciones, Estado, Estatuto, Leyes de Presupuestos, Principios, Reforma |
Descripción | LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Guadalupe Fernández |
Fecha Disposición | 28-2-2007 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-132-de-la-ley-organica-1-2007 |
Fuente | , Boletin Oficial De Las Illes Balears |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 132: Endeudamiento y Deuda Pública |
Materia | Estatuto de Autonomía de las Illes Balears – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley Orgánica 1/2007 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 132 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Endeudamiento y Deuda Pública Completado |
Dominio | leyes.org.es |