Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados, Art. 14: Jornada y Horarios de Trabajo

Art. 14 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: Jornada y Horarios de Trabajo

Art. 14 del Real Decreto 1331/2006: Jornada y Horarios de Trabajo

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 14 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: Jornada y Horarios de Trabajo

2.- Art. 14 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: Jornada y Horarios de Trabajo

Párrafo 1 del Artículo 14 del Real Decreto 1331/2006

1. La duración de la jornada de trabajo de los abogados será la que se pacte en convenio colectivo o, en su defecto, en el contrato de trabajo, no pudiéndose superar en ningún caso los límites de duración de la jornada que se establecen en la Ley del Estatuto de los Trabajadores, calculados en cómputo anual.

A efectos de lo previsto en el párrafo anterior se considerará tiempo de trabajo el tiempo que los abogados permanezcan en el despacho realizando actividades propias de su profesión y el que dediquen fuera del despacho para la asistencia y defensa de los clientes.

No se computará a efectos de la duración máxima de la jornada de trabajo, sin perjuicio de su compensación económica, el tiempo que empleen los abogados en los desplazamientos o esperas, salvo que durante los mismos realicen actividades propias de su profesión. En los convenios colectivos se determinarán los supuestos concretos de desplazamientos y esperas que no se computarán a efectos de la duración máxima de la jornada. Párrafo 3.º del número 1 del artículo 14 anulado por Sentencias TS (Sala 3.ª, Sección 4.ª) de 16 y 23 de diciembre de 2008 («B.O.E.» 9 febrero 2009; 19 y 31 marzo 2009). Sentencia del TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª, 16 Dic. 2008 (Rec. 7/2007) Sentencia TS Sala 3.ª 16 Dic. 2008 (nulidad del párrafo tercero del artículo 14.1 del Real Decreto 1331/2006, de 17 de noviembre, que regula la relación laboral de carácter especial de los Abogados que prestan servicios en despachos) Sentencia TS 3.ª 23 Dic. 2008 (nulidad del art. 14.1. apd.3.ºdel RD 1331/2006 de 17 Nov.) Sentencia TS Sala 3.ª 16 Dic. 2008 (declaración de nulidad del apartado tres del art. 14.1 del RD 1331/2006 de 17 Nov., relación laboral de carácter especial de los abogados que prestan servicios en despachos de abogados, individuales o colectivos)

Párrafo 2 del Artículo 14 del Real Decreto 1331/2006

2. La jornada de trabajo de los abogados se podrá distribuir de forma irregular a lo largo del año por convenio colectivo, acuerdo entre el despacho y los representantes de los abogados o acuerdo individual entre el despacho y el abogado.

En todo caso, la distribución de la jornada de trabajo deberá hacerse de tal manera que se asegure el servicio a los clientes y el cumplimiento de los plazos procesales.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 14 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: Jornada y Horarios de Trabajo

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 14 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: Jornada y Horarios de Trabajo

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 14 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: Jornada y Horarios de Trabajo.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 14 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: Jornada y Horarios de Trabajo

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 14 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: Jornada y Horarios de Trabajo en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 14 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: Jornada y Horarios de Trabajo.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 14 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: Jornada y Horarios de Trabajo.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 14 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: Jornada y Horarios de Trabajo


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en el Art. 14 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: Jornada y Horarios de Trabajo

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 14 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: Jornada y Horarios de Trabajo
    Palabras Clave Real Decreto 1331/2006, Divorcio, Contratos Civiles, Delitos, Derecho Administrativo, Derecho Comercial, Derecho Hipotecario, Derecho Internacional Público, Derecho Laboral, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho Procesal Civil, Derecho Procesal General, Derecho del Trabajo Individual, Derecho en General, Familia y Tutela, Filosofía del Derecho, Hechos y Actos Jurídicos Civiles, Matrimonio, Profesiones Jurídicas, Sucesiones, Abogados, Acuerdo, As, Asistencia, Contrato de trabajo, Convenio, Decreto, Defensa, Despachos, Efecto, Estatuto, Forma, Horarios de trabajo, Jornada, Jornada de trabajo, Laboral, Nulidad, Plazos, Sala, Sentencias, Servicios, Trabajadores, Trabajo
    Descripción REAL DECRETO. Esta entrada hace referencia a al Art. 14 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: Jornada y Horarios de Trabajo y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Eduardo Ramos
    Fecha Disposición 17-11-2006
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-14-del-real-decreto-1331-2006
    Fuente BOE y otras
    Órgano Ministerio De La Presidencia
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 14: Jornada y Horarios de Trabajo
    Materia Real Decreto sobre la relación laboral de carácter especial de los abogados – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Real Decreto 1331/2006
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 14 del Real Decreto sobre la Relación Laboral de Carácter Especial de los Abogados: Jornada y Horarios de Trabajo Completado
    Dominio leyes.org.es


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