Reglamento del Planeamiento Urbanístico: Art. 151

Art. 151 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

Art. 151 del Real Decreto 2159/1978

Enciclopedia del Derecho > España > Legislación > Leyes Básicas de Derecho Administrativo > Reglamento del Planeamiento Urbanístico > Titulo IV: De la Formacion y Aprobacion de los Planes > Capitulo III: De los Planes Generales, Parciales, Estudio de Detalle, Proyectos de Urbanizacion Programas de Actuacion Urbanistica, Planes Especiales, Normas Complementarias y Subsidiarias del Planeamiento y Delimitacion del Suelo Urbano > Seccion 9: De las Normas Complementarias y Subsidiarias del Planeamiento > Artículo 151

1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 151 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

2.- Art. 151 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

Párrafo 1 del Artículo 151 del Real Decreto 2159/1978

1. El procedimiento de elaboración de las Normas Complementarias y Subsidiarias se impulsará por la Entidad u órgano que las hubiese formulado, correspondiendo a éstos la aprobación inicial y la provisional.

Párrafo 2 del Artículo 151 del Real Decreto 2159/1978

2. La tramitación del procedimiento se ajustará a lo dispuesto en los artículos 125, 127 a 130 y 132 a 134 de este Reglamento.

Párrafo 3 del Artículo 151 del Real Decreto 2159/1978

3. No será preciso el acuerdo de aprobación provisional, pasándose directamente a la aprobación definitiva, cuando las Normas hayan sido formuladas por la Comisión Provincial de Urbanismo y a ella correspondiese su aprobación definitiva.

Párrafo 4 del Artículo 151 del Real Decreto 2159/1978

4. La aprobación definitiva corresponderá al Ministro de Obras Públicas y Urbanismo cuando se trate de capitales de provincia o Municipios de población superior a 50.000 habitantes o afecten a varios Municipios, y a la Comisión Provincial de Urbanismo en los demás casos.

Párrafo 5 del Artículo 151 del Real Decreto 2159/1978

5. El acuerdo de aprobación definitiva de las Normas se publicará:

  • a) En el «Boletín Oficial del Estado», cuando haya sido adoptado por el Ministro de Obras Públicas y Urbanismo.
  • b) En el «Boletín Oficial» de la provincia, cuando haya sido adoptado por la Comisión Provincial de Urbanismo.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 151 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 151 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 151 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 151 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 151 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 151 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 151 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 151 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 151 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 151 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico
    Palabras Clave Real Decreto 2159/1978, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Administrativo Local, Derecho Canónico, Derecho Constitucional, Derecho Internacional Público, Derecho Militar, Derecho Procesal, Derecho Procesal General, Derecho en General, Acuerdo, Administrativo, Decreto, Ministro, Municipios, Normas, Obras, Oficial, Procedimiento, Provincia, Reglamento, Superior
    Descripción REAL DECRETO. Esta entrada hace referencia a al Art. 151 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Julia Ríos
    Fecha Disposición 23-6-1978
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-151-del-real-decreto-2159-1978
    Fuente BOE y otras
    Órgano Ministerio De Obras Publicas Y Urbanismo
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 151
    Materia Reglamento del Planeamiento Urbanístico – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Real Decreto 2159/1978
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 151 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico Completado
    Dominio leyes.org.es


    Deja un comentario