Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos, Art. 16: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica

Art. 16 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica

Art. 16 de la Ley 11-2007: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 16 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica

2.- Art. 16 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica

Párrafo 1 del Artículo 16 de la Ley 11-2007

1. Las Administraciones Públicas podrán determinar, teniendo en cuenta los datos e intereses afectados, y siempre de forma justificada, los supuestos y condiciones de utilización por los ciudadanos de otros sistemas de firma electrónica, tales como claves concertadas en un registro previo, aportación de información conocida por ambas partes u otros sistemas no criptográficos.

Párrafo 2 del Artículo 16 de la Ley 11-2007

2. En aquellos supuestos en los que se utilicen estos sistemas para confirmar información, propuestas o borradores remitidos o exhibidos por una Administración Pública, ésta deberá garantizar la integridad y el no repudio por ambas partes de los documentos electrónicos concernidos.

Párrafo 3 del Artículo 16 de la Ley 11-2007

3. Cuando resulte preciso, las Administraciones Públicas certificarán la existencia y contenido de las actuaciones de los ciudadanos en las que se hayan usado formas de identificación y autenticación a que se refiere este artículo.

Enlaces a legislación relacionada con Art. 16 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 16 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 16 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 16 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 16 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 16 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 16 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 16 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 16 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 16 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 16 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica
    Palabras Clave Ley 11-2007, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Comercial, Derecho Internacional Privado, Derecho Minero, Derecho Procesal Civil, Derecho Procesal General, Derecho Procesal Penal, Derechos Reales, Familia y Tutela, Hechos y Actos Jurídicos Civiles, Obligaciones, Privilegios, Sucesiones, Fiscal, Actuaciones, Administrativo, Condiciones, Documentos, Firma, Forma, Intereses, Partes, Registro, Servicios
    Descripción LEY. Esta entrada hace referencia a al Art. 16 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Manuel Flores
    Fecha Disposición 22-6-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-16-de-la-ley-11-2007
    Fuente BOE y otras
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 16: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica
    Materia Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley 11-2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 16 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Utilización de Otros Sistemas de Firma Electrónica Completado
    Dominio leyes.org.es


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