Ley de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, Art. 16: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica

Art. 16 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica

Art. 16 de la Ley 34-2007: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 16 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica

2.- Art. 16 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica

Párrafo 1 del Artículo 16 de la Ley 34-2007

1. El Gobierno, en el ámbito de sus competencias, a fin de cumplir la normativa comunitaria y los compromisos que se deriven de los acuerdos internacionales de los que España sea parte, aprobará los planes y programas de ámbito estatal que sean necesarios para prevenir y reducir la contaminación atmosférica y sus efectos transfronterizos, así como para minimizar sus impactos negativos. Estos planes y programas fijarán objetivos específicos, las medidas necesarias para la consecución de los mismos y el procedimiento para su revisión, y serán elaborados y actualizados con la participación de las comunidades autónomas. Podrán incluir además actuaciones para fomentar la investigación, el desarrollo y la innovación, así como el intercambio de información, la cooperación institucional y la cooperación internacional.

Párrafo 2 del Artículo 16 de la Ley 34-2007

2. Las comunidades autónomas, en los plazos reglamentariamente establecidos, adoptarán como mínimo los siguientes planes y programas para la mejora de la calidad del aire y el cumplimiento de los objetivos de calidad del aire en su ámbito territorial, así como para minimizar o evitar los impactos negativos de la contaminación atmosférica:

  • a) De mejora de la calidad del aire para alcanzar los objetivos de calidad del aire en los plazos fijados, en las zonas en las que los niveles de uno o más contaminantes regulados superen dichos objetivos. En estos planes se identificarán las fuentes de emisión responsables de los objetivos de calidad, se fijarán objetivos cuantificados de reducción de niveles de contaminación para cumplir la legislación vigente, se indicarán las medidas o proyectos de mejora, calendario de aplicación, estimación de la mejora de la calidad del aire que se espera conseguir y del plazo previsto para alcanzar los objetivos de calidad.

    Los planes también preverán procedimientos para el seguimiento de su cumplimiento y para su revisión. La revisión de estos planes deberá producirse cuando la situación de la calidad del aire así lo aconseje o cuando exista constancia de que con las medidas aplicadas no se alcanzarán los objetivos de calidad en los plazos estipulados.

    En estos planes se integrarán planes de movilidad urbana, que, en su caso, podrán incorporar los planes de transporte de empresa que se acuerden mediante negociación colectiva, con vistas al fomento de modos de transporte menos contaminantes.

  • b) De acción a corto plazo en los que se determinen medidas inmediatas y a corto plazo para las zonas y supuestos en que exista riesgo de superación de los objetivos de calidad del aire y los umbrales de alerta. En estos planes se identificará la Administración que en cada caso sea responsable para la ejecución de las medidas. Además, en estos planes se podrán prever medidas de control o suspensión de aquellas actividades que sean significativas en la situación de riesgo, incluido el tráfico.

Párrafo 3 del Artículo 16 de la Ley 34-2007

3. Para la elaboración de sus planes y programas, las comunidades autónomas deberán tener en cuenta los planes y programas a los que se refiere el apartado 1. Asimismo, aplicarán los principios de cooperación y colaboración respecto de las previsiones que se establezcan para los supuestos en que la contaminación atmosférica afecte a un ámbito territorial superior al de una comunidad autónoma, o su ámbito incluya actividades, infraestructuras o zonas de competencia de otras Administraciones públicas.

Párrafo 4 del Artículo 16 de la Ley 34-2007

4. Las entidades locales podrán elaborar, en el ámbito de sus competencias, sus propios planes y programas. Para la elaboración de estos planes y programas se deberá tener en cuenta los planes de protección de la atmósfera de las respectivas comunidades autónomas.

Asimismo, las entidades locales, con el objeto de alcanzar los objetivos de esta ley, podrán adoptar medidas de restricción total o parcial del tráfico, incluyendo restricciones a los vehículos más contaminantes, a ciertas matrículas, a ciertas horas o a ciertas zonas, entre otras.

Los municipios con población superior a 100.000 habitantes y las aglomeraciones, en los plazos reglamentariamente establecidos, adoptarán planes y programas para el cumplimiento y mejora de los objetivos de calidad del aire, en el marco de la legislación sobre seguridad vial y de la planificación autonómica.

Párrafo 5 del Artículo 16 de la Ley 34-2007

5. Para la revisión de los planes regulados en este artículo se tendrán en cuenta, entre otros aspectos, los indicadores ambientales a que hace referencia el artículo 19.

Párrafo 6 del Artículo 16 de la Ley 34-2007

6. Los planes y programas regulados en este artículo serán determinantes para los diferentes instrumentos de planeamiento urbanístico y de ordenación del territorio. Si tales instrumentos contradicen o no acogen el contenido de los planes y programas regulados en este artículo, esta decisión deberá motivarse y hacerse pública.

Asimismo estos planes y programas podrán incluir prescripciones de obligado cumplimiento para los ciudadanos. Para ello, dichos planes y programas deberán ser objeto de publicación.

Párrafo 7 del Artículo 16 de la Ley 34-2007

7. Los citados planes y programas incorporarán las evidencias epidemiológicas y la perspectiva de protección de salud pública en las decisiones que afectan a la calidad del aire.

Enlaces a legislación relacionada con Art. 16 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 16 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 16 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 16 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 16 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 16 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 16 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 16 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 16 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 16 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 16 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica
    Palabras Clave Ley 34-2007, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Administrativo Local, Derecho Comercial, Derecho Fiscal, Derecho Hipotecario, Derecho Internacional Público, Derecho Mercantil, Derecho Militar, Derecho Municipal, Derecho Penal, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho Procesal Civil, Derecho Procesal General, Derecho Procesal Penal, Derecho Urbanístico, Derecho de las Comunidades Europeas, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Sucesiones, Fiscal, Mercantil, Actuaciones, Acuerdos, Aire, As, Comunidad, Empresa, Entidades, Fomento, Fuentes, Gobierno, Horas, Medidas, Medio Ambiente, Mejora, Municipios, Objeto, Parte, Planes, Plazos, Prescripciones, Principios, Procedimiento, Procedimientos, Propios, Riesgo, Seguridad, Superior, Territorio, Transporte
    Descripción LEY. Esta entrada hace referencia a al Art. 16 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Gabriel Flores
    Fecha Disposición 15-11-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-16-de-la-ley-34-2007
    Fuente BOE y otras
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 16: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica
    Materia Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley 34-2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 16 de la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera: Planes y Programas para la Protección de la Atmósfera y para Minimizar los Efectos Negativos de la Contaminación Atmosférica Completado
    Dominio leyes.org.es


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