Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria
Art. 180 de la Ley Orgánica 2/2007: Competencias en Materia Tributaria
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria
- Versión Actual, en vigor desde 18 de Julio de 2010
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2.- Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria
Párrafo 1 del Artículo 180 de la Ley Orgánica 2/2007
1. Con observancia de los límites establecidos en la Constitución y en la ley orgánica prevista en su artículo 157.3, corresponde a la Comunidad Autónoma el establecimiento y regulación de sus propios tributos, así como la gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión de los mismos. A tal fin, la Comunidad Autónoma dispondrá de plenas atribuciones para la organización y ejecución de dichas tareas, sin perjuicio de la colaboración que pueda establecerse con la Administración Tributaria del Estado, especialmente cuando así lo exija la naturaleza del tributo.
Párrafo 2 del Artículo 180 de la Ley Orgánica 2/2007
2. La Comunidad Autónoma ejerce las competencias normativas y, por delegación del Estado, de gestión, liquidación, recaudación, inspección y la revisión, en su caso, de los tributos estatales totalmente cedidos a la Comunidad Autónoma, en los términos previstos en la Ley Orgánica prevista en el artículo 157.3 de la Constitución y concretados en la ley que regule la cesión de tributos, sin perjuicio de la colaboración que pueda establecerse con la Administración del Estado, de acuerdo con lo que establezca la ley que fije el alcance y condiciones de la cesión.
Párrafo 3 del Artículo 180 de la Ley Orgánica 2/2007
3. La gestión, liquidación, recaudación, inspección y revisión, en su caso, de los demás tributos del Estado recaudados en Andalucía corresponde a la Administración tributaria del Estado, sin perjuicio de la delegación que la Comunidad Autónoma pueda recibir de éste, y de la colaboración que pueda establecerse, cuando así lo exija la naturaleza del tributo, todo ello en los términos establecidos en la Constitución y en la Ley Orgánica prevista en el artículo 157.3 de la misma.
Enlaces a legislación relacionada con Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria.
En general:
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3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-180-de-la-ley-organica-2-2007
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
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3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria
- Detalles de enmiendas del Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria y otras
- Notas de correcciones del Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria |
Palabras Clave | Ley Orgánica 2/2007, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Internacional Público, Derecho Municipal, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Acuerdo, Administrativo, As, Comunidad, Condiciones, Establecimiento, Estado, Estatuto, Naturaleza, Propios, Reforma |
Descripción | LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | David Ledesma |
Fecha Disposición | 19-3-2007 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-180-de-la-ley-organica-2-2007 |
Fuente | , Boletin Oficial De La Junta De Andalucia |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 180: Competencias en Materia Tributaria |
Materia | Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley Orgánica 2/2007 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 180 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Competencias en Materia Tributaria Completado |
Dominio | leyes.org.es |