Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Art. 181: Organización en Materia Tributaria

Art. 181 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Organización en Materia Tributaria

Art. 181 de la Ley Orgánica 2/2007: Organización en Materia Tributaria

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 181 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Organización en Materia Tributaria

2.- Art. 181 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Organización en Materia Tributaria

Párrafo 1 del Artículo 181 de la Ley Orgánica 2/2007

1. La organización de la Administración de la Comunidad Autónoma en materia tributaria adoptará la forma que mejor responda a los principios previstos con carácter general en la Constitución y en el presente Estatuto, velando especialmente por la efectiva aplicación de los recursos a su cargo y luchando contra el fraude fiscal.

Párrafo 2 del Artículo 181 de la Ley Orgánica 2/2007

2. Con la finalidad indicada en el apartado anterior, por ley se creará una Agencia Tributaria a la que se encomendará la gestión, liquidación, recaudación e inspección de todos los tributos propios, así como, por delegación del Estado, de los tributos estatales totalmente cedidos a la Junta de Andalucía. En relación con los demás impuestos cedidos gestionados por la Administración Tributaria del Estado en Andalucía, podrá establecerse un régimen de colaboración para su gestión compartida cuando así lo exija la naturaleza del tributo. A tal efecto, se constituirá en el ámbito de la Comunidad Autónoma un consorcio con participación paritaria de la Administración Tributaria estatal y la de la Comunidad Autónoma.

Párrafo 3 del Artículo 181 de la Ley Orgánica 2/2007

3. La Comunidad Autónoma participará, en la forma que se determine, en los organismos tributarios del Estado responsables de la gestión, liquidación, recaudación e inspección de los tributos estatales cedidos parcialmente.

Párrafo 4 del Artículo 181 de la Ley Orgánica 2/2007

4. La Agencia Tributaria de Andalucía podrá prestar su colaboración a otras administraciones, pudiendo asumir, por delegación, la gestión tributaria en relación con los tributos locales.

Véase Ley [ANDALUCÍA] 23/2007, 18 diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales («B.O.J.A.» 31 diciembre).

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 181 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Organización en Materia Tributaria

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 181 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Organización en Materia Tributaria

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 181 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Organización en Materia Tributaria.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 181 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Organización en Materia Tributaria

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 181 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Organización en Materia Tributaria en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 181 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Organización en Materia Tributaria.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 181 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Organización en Materia Tributaria.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 181 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Organización en Materia Tributaria


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 181 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Organización en Materia Tributaria

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 181 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Organización en Materia Tributaria
    Palabras Clave Ley Orgánica 2/2007, Derecho Administrativo, Derecho Fiscal, Derecho Hipotecario, Derecho Municipal, Derecho Político, Derecho Procesal, Derecho de las Comunidades Europeas, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Obligaciones, Administrativo, Cargo, Comunidad, Efecto, Estado, Estatuto, Finalidad, Forma, Fraude Fiscal, Impuestos, Medidas, Naturaleza, Principios, Propios, Recursos, Reforma
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 181 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Organización en Materia Tributaria y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Irene Juárez
    Fecha Disposición 19-3-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-181-de-la-ley-organica-2-2007
    Fuente , Boletin Oficial De La Junta De Andalucia
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 181: Organización en Materia Tributaria
    Materia Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 2/2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 181 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Organización en Materia Tributaria Completado
    Dominio leyes.org.es


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