Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
Art. 19 de la Ley 11-2007: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
- Versión Actual, en vigor desde 18 de Septiembre de 2014
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2.- Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
Párrafo 1 del Artículo 19 de la Ley 11-2007
1. Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 17 y 18, la identificación y autenticación del ejercicio de la competencia de la Administración Pública, órgano o entidad actuante, cuando utilice medios electrónicos, se realizará mediante firma electrónica del personal a su servicio, de acuerdo con lo dispuesto en los siguientes apartados.
Párrafo 2 del Artículo 19 de la Ley 11-2007
2. Cada Administración Pública podrá proveer a su personal de sistemas de firma electrónica, los cuales podrán identificar de forma conjunta al titular del puesto de trabajo o cargo y a la Administración u órgano en la que presta sus servicios.
Párrafo 3 del Artículo 19 de la Ley 11-2007
3. La firma electrónica basada en el Documento Nacional de Identidad podrá utilizarse a los efectos de este artículo.
Enlaces a legislación relacionada con Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Título IV. De la actividad de las Administraciones Públicas.
- Resolución de 14 de enero de 2014, de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se crea el registro electrónico del organismo.
- Resolución de 28 de junio de 2013, de la Autoridad Portuaria de A Coruña, por la que se crea y regula el registro electrónico del organismo.
- Resolución de 14 de junio de 2013, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se publica el Reglamento del Registro Electrónico de la Universidad.
- Resolución de 22 de abril de 2013, de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa y su Ría, por la que se crea y regula el registro electrónico del organismo.
- Orden HAP/566/2013, de 8 de abril, por la que se regula el Registro Electrónico Común.
- Resolución de 15 de enero de 2013, de la Autoridad Portuaria de Gijón, por la que se crea y regula el registro electrónico de la Entidad.
- Resolución de 20 de julio de 2012, de la Autoridad Portuaria de Huelva, por la que se crea y regula el registro electrónico del organismo.
- Resolución de 11 de abril de 2012, de la Comisión Nacional del Sector Postal, por la que se crea el registro electrónico del organismo.
- Resolución de 23 de diciembre de 2011, de la Autoridad Portuaria de Melilla, por la que se crea y regula el registro electrónico de la entidad.
- Resolución de 24 de febrero de 2012, de la Autoridad Portuaria de Motril, por la que se crea y regula el registro electrónico.
- Resolución de 5 de marzo de 2012, de Sepes Entidad Pública Empresarial de Suelo, por la que se publica la creación y regulación de la sede electrónica y el registro electrónico.
- Resolución de 3 de febrero de 2012, de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao, por la que se crea el registro electrónico de la entidad.
- Resolución de 18 de noviembre de 2011, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se crea y regula el registro electrónico de la entidad.
- Resolución de 10 de marzo de 2011, de la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Bilbao, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la Entidad.
- Resolución de 18 de marzo de 2011, de la Autoridad Portuaria de Vigo, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del organismo.
- Resolución de 5 de abril de 2011, de la Mutualidad General Judicial, por la que se crea y regula el Registro electrónico del Organismo.
- Resolución de 21 de febrero de 2011, de la Autoridad Portuaria de Santander, por la que se crea el Registro Electrónico de la Entidad.
- Resolución de 7 de marzo de 2011, de la Autoridad Portuaria de Castellón, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la Entidad.
- Resolución de 15 de julio de 2010, de Puertos del Estado, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Organismo.
- Orden IGD/2265/2010, de 19 de agosto, por la que se crea el Registro Electrónico del Ministerio de Igualdad.
- Orden PRE/1009/2010, de 23 de abril, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de la Presidencia.
- Resolución de 18 de marzo de 2010, de la Comisión Nacional de Energía, por la que se crea la Sede Electrónica y se regula el Registro Electrónico del organismo.
- Resolución de 17 de febrero de 2010, de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se crea la sede electrónica y el registro electrónico de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
- Orden INT/3516/2009, de 29 de diciembre, por la que se crea un registro electrónico, en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Cuerpo Nacional de Policía).
- Orden TIN/3518/2009, de 29 de diciembre, por la que se crea el registro electrónico de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social para la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones y se establecen criterios generales para su aplicación a determinados procedimientos.
- Orden CUL/3410/2009, de 14 de diciembre, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Cultura.
- Orden JUS/3000/2009, de 29 de octubre, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia.
- Orden INT/2936/2009, de 27 de octubre, por la que se crea el registro electrónico de la Guardia Civil.
- Resolución de 8 de mayo de 2008, de la Presidencia de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, por la que se crea un Registro electrónico en la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones para la recepción, remisión y tramitación de solicitudes, escritos y comunicaciones, y se establecen los criterios generales para la tramitación telemática de determinados procedimientos.
- Orden ITC/904/2008, de 28 de marzo, por la que se crea un registro electrónico en el Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras.
- Orden TAS/408/2008, de 18 de febrero, por la que se crea el registro electrónico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y se regula el servicio de notificaciones electrónicas, estableciéndose los requisitos generales para su aplicación a determinados procedimientos.
- Orden CUL/3411/2009, de 14 de diciembre, por la que se regulan las comunicaciones electrónicas para procedimientos de ayudas de la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales, Fundaciones y Mecenazgo.
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia relacionada con el Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
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Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-19-de-la-ley-11-2007
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
- Búsqueda de Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas en el Diccionario Jurídico
- Búsqueda de Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas en la Enciclopedia Jurídica española
- Búsqueda de libros jurídicos relacionados con el Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
- Búsqueda de voces relacionadas con el Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas en el Tesauro Jurídico
- Búsqueda de índices relacionados con el Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
- Búsqueda de respuestas jurídicas relacionadas con el Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
- Detalles de enmiendas del Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y otras
- Notas de correcciones del Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas |
Palabras Clave | Ley 11-2007, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Internacional, Derecho Internacional Público, Obligaciones, Fiscal, Acuerdo, Administrativo, Cargo, Firma, Forma, Identidad, Personal, Servicios, Trabajo |
Descripción | LEY. Esta entrada hace referencia a al Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Fernando Cabrera |
Fecha Disposición | 22-6-2007 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-19-de-la-ley-11-2007 |
Fuente | BOE y otras |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 19: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas |
Materia | Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley 11-2007 |
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Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 19 de la Ley de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos: Firma Electrónica del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas Completado |
Dominio | leyes.org.es |