Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, Art. 19: Derechos en Relación con las Personas Dependientes

Art. 19 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Derechos en Relación con las Personas Dependientes

Art. 19 de la Ley Orgánica 1/2007: Derechos en Relación con las Personas Dependientes

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 19 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Derechos en Relación con las Personas Dependientes

2.- Art. 19 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Derechos en Relación con las Personas Dependientes

Párrafo 1 del Artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2007

1. Las Administraciones públicas de las ILles Balears, según la Carta de Derechos Sociales, garantizarán en todo caso a toda persona dependiente, el derecho a las prestaciones públicas necesarias para asegurar su autonomía personal, su integración socio-profesional y su participación en la vida social de la comunidad.

Párrafo 2 del Artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2007

2. Las Administraciones públicas de las ILles Balears procurarán a las personas dependientes su integración mediante una política de igualdad de oportunidades, desarrollando medidas de acción positiva, y garantizarán la accesibilidad espacial de las instalaciones, los edificios y los servicios públicos.

Párrafo 3 del Artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2007

3. Las Administraciones públicas de las ILles Balears garantizarán el uso de la lengua de signos propia de las personas sordas, que deberá ser objeto de enseñanza, protección y respeto.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 19 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Derechos en Relación con las Personas Dependientes

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 19 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Derechos en Relación con las Personas Dependientes

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 19 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Derechos en Relación con las Personas Dependientes.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 19 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Derechos en Relación con las Personas Dependientes

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 19 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Derechos en Relación con las Personas Dependientes en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 19 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Derechos en Relación con las Personas Dependientes.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 19 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Derechos en Relación con las Personas Dependientes.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 19 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Derechos en Relación con las Personas Dependientes


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 19 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Derechos en Relación con las Personas Dependientes

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 19 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Derechos en Relación con las Personas Dependientes
    Palabras Clave Ley Orgánica 1/2007, Derecho Administrativo, Derecho Internacional, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Administrativo, As, Carta de Derechos, Comunidad, Dependientes, Estatuto, Medidas, Objeto, Personal, Prestaciones, Reforma, Respeto, Servicios
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 19 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Derechos en Relación con las Personas Dependientes y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador David Cardozo
    Fecha Disposición 28-2-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-19-de-la-ley-organica-1-2007
    Fuente , Boletin Oficial De Las Illes Balears
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 19: Derechos en Relación con las Personas Dependientes
    Materia Estatuto de Autonomía de las Illes Balears – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 1/2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 19 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Derechos en Relación con las Personas Dependientes Completado
    Dominio leyes.org.es


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