Ley de Montes, Art. 20: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales

Art. 20 de la Ley de Montes: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales

Art. 20 de la Ley 43-2003: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 20 de la Ley de Montes: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales

2.- Art. 20 de la Ley de Montes: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales

Párrafo 1 del Artículo 20 de la Ley 43-2003

1. Los titulares de los montes demaniales, junto con la Administración gestora en los montes catalogados, investigarán la situación de terrenos que se presuman pertenecientes al dominio público forestal, a cuyo efecto podrán recabar todos los datos e informes que se consideren necesarios.

Número 1 del artículo 20 redactado por el apartado doce del artículo único de la Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes («B.O.E.» 29 abril). Vigencia: 30 abril 2006

Párrafo 2 del Artículo 20 de la Ley 43-2003

2. Los titulares de los montes demaniales, junto con la Administración gestora en los montes catalogados, podrán ejercer la potestad de recuperación posesoria de los poseídos indebidamente por terceros, que no estará sometida a plazo y respecto a la que no se admitirán acciones posesorias ni procedimientos especiales.

Enlaces a legislación relacionada con Art. 20 de la Ley de Montes: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 20 de la Ley de Montes: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 20 de la Ley de Montes: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 20 de la Ley de Montes: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 20 de la Ley de Montes: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 20 de la Ley de Montes: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 20 de la Ley de Montes: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 20 de la Ley de Montes: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 20 de la Ley de Montes: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

Textos completos, anteriores a la redacción actual vigente, disponibles del Art. 20 de la Ley de Montes: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales

Versión 1. VIgente desde 30/04/2006 hasta 27/12/2009

1. Los titulares de los montes demaniales, junto con la Administración gestora en los montes catalogados, investigarán la situación de terrenos que se presuman pertenecientes al dominio público forestal, a cuyo efecto podrán recabar todos los datos e informes que se consideren necesarios.

Número 1 del artículo 20 redactado por el apartado doce del artículo único de la Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes («B.O.E.» 29 abril) .Vigencia: 30 abril 2006

2. Los titulares de los montes demaniales, junto con la Administración gestora en los montes catalogados, podrán ejercer la potestad de recuperación posesoria de los poseídos indebidamente por terceros, que no estará sometida a plazo y respecto a la que no se admitirán acciones posesorias ni procedimientos especiales.

Versión Inicial. VIgente desde 22/02/2004 hasta 30/04/2006

1. Los titulares de los montes demaniales, junto con la Administración gestora en los montes catalogados, podrán investigar la situación de terrenos que se presuman pertenecientes al dominio público forestal, a cuyo efecto podrán recabar todos los datos e informes que se consideren necesarios.

A partir de: 30 abril 2006 Número 1 del artículo 20 redactado por el apartado doce del artículo único de la Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes («B.O.E.» 29 abril) .

2. Los titulares de los montes demaniales, junto con la Administración gestora en los montes catalogados, podrán ejercer la potestad de recuperación posesoria de los poseídos indebidamente por terceros, que no estará sometida a plazo y respecto a la que no se admitirán acciones posesorias ni procedimientos especiales.


5.- Ficha de Metadatos DC:

Título Art. 20 de la Ley de Montes: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales
Palabras Clave Ley 43-2003, Derecho Administrativo, Derecho Fiscal, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Fiscal, Medio Ambiente, Acciones, Administrativo, Dominio, Efecto, Forestal, Montes, Montes Catalogados, Procedimientos, Terceros
Descripción LEY. Esta entrada hace referencia a al Art. 20 de la Ley de Montes: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales y Comentarios sobre dicho artículo.
Editor Lawi Project
Colaborador Carolina Arias
Fecha Disposición 21-11-2003
Tipo Text.ley
Formato Text/HTML
Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-20-de-la-ley-43-2003
Fuente BOE y otras
Órgano Jefatura Del Estado
Lenguaje Español
Cobertura España
Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
Resumen Artículo 20: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales
Materia Ley de Montes – Legislación – España
Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
Referencias Ley 43-2003
Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
Categoría ISO Derecho – Legislación
Estatus del Dato Art. 20 de la Ley de Montes: Investigación y Recuperación Posesoria de los Montes Demaniales Completado
Dominio leyes.org.es


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