Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística
Art. 208 del Real Decreto 3288/1978
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística
- Versión Actual, en vigor desde 1 de Noviembre de 2011
- Más información sobre la versión actual del Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística
2.- Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística
Párrafo 1 del Artículo 208 del Real Decreto 3288/1978
1. El acuerdo de los administrados para el pago en parcelas resultantes de la urbanización requerirá ofrecimiento por escrito de la Administración a petición, también por escrito, del particular expropiado.
Párrafo 2 del Artículo 208 del Real Decreto 3288/1978
2. En ambos casos el particular o la Administración respectivamente, comunicará a la otra parte la decisión adoptada en plazo de quince días, contados a partir de la fecha del ofrecimiento o de la petición.
Párrafo 3 del Artículo 208 del Real Decreto 3288/1978
3. Aceptado el pago mediante la entrega de parcelas resultantes de la urbanización, la Administración actuante levantará acta en la que se hagan constar las circunstancias de la finca inicial y el valor asignado en el acuerdo aprobatorio del justiprecio.
Párrafo 4 del Artículo 208 del Real Decreto 3288/1978
4. Finalizada la urbanización, se procederá al pago de la expropiación por entrega de la nueva finca por un valor equivalente al consignado en el acta.
Párrafo 5 del Artículo 208 del Real Decreto 3288/1978
5. La Administración expropiante otorgará la correspondiente escritura pública, en favor del expropiado, sin que para ello precise ninguna aprobación o autorización, en su caso, de órganos de la Administración del Estado.
Párrafo 6 del Artículo 208 del Real Decreto 3288/1978
6. No se efectuará el pago del justiprecio en la forma que se regula en este artículo sin la previa petición del expropiado.
Párrafo 7 del Artículo 208 del Real Decreto 3288/1978
7. La finca adjudicada en pago de la expropiada se entregará libre de cargas.
Párrafo 8 del Artículo 208 del Real Decreto 3288/1978
8. El expropiado, si no estuviere conforme con la valoración de la finca que se le ofrece en pago de la expropiada, sin perjuicio de que se le adjudique, podrá acudir al Jurado Provincial de Expropiación Forzosa a fin de que se establezca el valor de la misma. Si la resolución fuera favorable a la petición del expropiado, la Administración le compensará la diferencia en metálico.
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia relacionada con el Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística
- Búsqueda de Datos sobre el Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística
- Notas de Jurisprudencia relacionada con el Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística
Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística
3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-208-del-real-decreto-3288-1978
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
- Búsqueda de Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística en el Diccionario Jurídico
- Búsqueda de Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística en la Enciclopedia Jurídica española
- Búsqueda de libros jurídicos relacionados con el Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística
- Búsqueda de voces relacionadas con el Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística en el Tesauro Jurídico
- Búsqueda de índices relacionados con el Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística
- Búsqueda de respuestas jurídicas relacionadas con el Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística
3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística
- Detalles de enmiendas del Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística y otras
- Notas de correcciones del Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística |
Palabras Clave | Real Decreto 3288/1978, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Internacional Público, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal General, Derecho Procesal Penal, Derecho en General, Obligaciones, Acuerdo, Administrativo, As, Cargas, Decreto, Entrega, Estado, Fecha, Forma, Jurado, Justiprecio, Pago, Parte, Reglamento, Suelo |
Descripción | REAL DECRETO. Esta entrada hace referencia a al Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Clara Ledesma |
Fecha Disposición | 25-8-1978 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-208-del-real-decreto-3288-1978 |
Fuente | BOE y otras |
Órgano | Ministerio De Obras Publicas Y Urbanismo |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 208 |
Materia | Reglamento de Gestión Urbanística – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Real Decreto 3288/1978 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 208 del Reglamento de Gestión Urbanística Completado |
Dominio | leyes.org.es |