Estatuto de Autonomía de Canarias: Art. 22

Art. 22 del Estatuto de Autonomía de Canarias

Art. 22 de la Ley Orgánica 10/1982

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 22 del Estatuto de Autonomía de Canarias

2.- Art. 22 del Estatuto de Autonomía de Canarias

Párrafo 1 del Artículo 22 de la Ley Orgánica 10/1982

1. Corresponde a la Comunidad Autónoma la creación y organización de su propia Administración pública, de conformidad con los principios constitucionales y normas básicas del Estado.

Véase la Ley [CANARIAS] 1/1983, 14 abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias («B.O.I.C.» 30 abril).

Párrafo 2 del Artículo 22 de la Ley Orgánica 10/1982

2. La organización de la Administración Pública Canaria responderá a los principios de eficacia, economía, máxima proximidad a los ciudadanos y atención al hecho insular.

Párrafo 3 del Artículo 22 de la Ley Orgánica 10/1982

3. La Comunidad Autónoma podrá ejercer sus funciones administrativas, bien directamente, bien por delegación o encomienda a los Cabildos Insulares y Ayuntamientos, de conformidad con las leyes del Parlamento de Canarias.

Véase la Ley [CANARIAS] 14/1990, 26 julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias («B.O.I.C.» 1 agosto). La referencia al artículo 21.3 del Estatuto de Autonomía ha de entenderse hecha al artículo 22.3, tras la modificación del mismo efectuada por la LO 4/1996, 30 diciembre.

Artículo 22 redactado y renumerado por L.O. 4/1996, 30 diciembre («B.O.E.» 31 diciembre) , de reforma de la Ley Orgánica 10/1982, de 10 agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias. Se corresponde con el anterior artículo 21.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 22 del Estatuto de Autonomía de Canarias

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 22 del Estatuto de Autonomía de Canarias

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 22 del Estatuto de Autonomía de Canarias.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 22 del Estatuto de Autonomía de Canarias

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 22 del Estatuto de Autonomía de Canarias en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 22 del Estatuto de Autonomía de Canarias.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 22 del Estatuto de Autonomía de Canarias.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 22 del Estatuto de Autonomía de Canarias


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

Textos completos, anteriores a la redacción actual vigente, disponibles del Art. 22 del Estatuto de Autonomía de Canarias

Versión 1. VIgente desde 03/07/2002 hasta 18/07/2010

No se realizaron cambios en esta versión del Art. 22 de la Ley Orgánica 10/1982

Versión Inicial. VIgente desde 01/01/1997 hasta 03/07/2002

Párrafo 1 del Artículo 22 de la Ley Orgánica 10/1982

1. Corresponde a la Comunidad Autónoma la creación y organización de su propia Administración pública, de conformidad con los principios constitucionales y normas básicas del Estado.

Véase la Ley [CANARIAS] 1/1983, 14 abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias («B.O.I.C.» 30 abril).

Párrafo 2 del Artículo 22 de la Ley Orgánica 10/1982

2. La organización de la Administración Pública Canaria responderá a los principios de eficacia, economía, máxima proximidad a los ciudadanos y atención al hecho insular.

Párrafo 3 del Artículo 22 de la Ley Orgánica 10/1982

3. La Comunidad Autónoma podrá ejercer sus funciones administrativas, bien directamente, bien por delegación o encomienda a los Cabildos Insulares y Ayuntamientos, de conformidad con las leyes del Parlamento de Canarias.

Véase la Ley [CANARIAS] 14/1990, 26 julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias («B.O.I.C.» 1 agosto). La referencia al artículo 21.3 del Estatuto de Autonomía ha de entenderse hecha al artículo 22.3, tras la modificación del mismo efectuada por la LO 4/1996, 30 diciembre.

Artículo 22 redactado y renumerado por L.O. 4/1996, 30 diciembre («B.O.E.» 31 diciembre) , de reforma de la Ley Orgánica 10/1982, de 10 agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias. Se corresponde con el anterior artículo 21.


5.- Ficha de Metadatos DC:

Título Art. 22 del Estatuto de Autonomía de Canarias
Palabras Clave Ley Orgánica 10/1982, Derecho Administrativo, Derecho Administrativo Local, Derecho Civil, Derecho Constitucional, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho de las Comunidades Europeas, Derecho del Trabajo Individual, Derecho en General, Derechos Reales, Hechos, Civil, Medio Ambiente, Administrativo, As, Ayuntamientos, Canarias, Comunidad, Encomienda, Estado, Estatuto, Gobierno, Hecho, Leyes, Normas, Parlamento, Principios, Principios Constitucionales, Reforma
Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 22 del Estatuto de Autonomía de Canarias y Comentarios sobre dicho artículo.
Editor Lawi Project
Colaborador Adriana Molina
Fecha Disposición 10-8-1982
Tipo Text.ley
Formato Text/HTML
Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-22-de-la-ley-organica-10-1982
Fuente BOE y otras
Órgano Jefatura Del Estado
Lenguaje Español
Cobertura España
Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
Resumen Artículo 22
Materia Estatuto de Autonomía de Canarias – Legislación – España
Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
Referencias Ley Orgánica 10/1982
Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
Categoría ISO Derecho – Legislación
Estatus del Dato Art. 22 del Estatuto de Autonomía de Canarias Completado
Dominio leyes.org.es


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