Ley Orgánica de la Defensa Nacional, Art. 22: Disposición Permanente de los Recursos

Art. 22 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional: Disposición Permanente de los Recursos

Art. 22 de la Ley Orgánica 5/2005: Disposición Permanente de los Recursos

Enciclopedia del Derecho > España > Legislación > Leyes Básicas de Derecho Administrativo > Ley Orgánica de la Defensa Nacional > Título V: Contribución a la Defensa > Capítulo I: Preparación de Recursos para Contribuir a la Defensa > Artículo 22: Disposición Permanente de los Recursos

1.- Texto completo de la versión consolidada de la Art. 22 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional: Disposición Permanente de los Recursos

2.- Art. 22 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional: Disposición Permanente de los Recursos

Párrafo 1 del Artículo 22 de la Ley Orgánica 5/2005

1. El Gobierno establecerá los criterios relativos a la preparación y disponibilidad de los recursos humanos y materiales no propiamente militares para satisfacer las necesidades de la Defensa Nacional en situaciones de grave amenaza o crisis, teniendo en cuenta para su aplicación los mecanismos de cooperación y coordinación existentes entre los diferentes poderes públicos.

Párrafo 2 del Artículo 22 de la Ley Orgánica 5/2005

2. En tiempo de conflicto armado y durante la vigencia del estado de sitio, el sistema de disponibilidad permanente de recursos será coordinado por el Consejo de Defensa Nacional.

Enlaces a legislación relacionada con Art. 22 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional: Disposición Permanente de los Recursos

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 22 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional: Disposición Permanente de los Recursos

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación a la Art. 22 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional: Disposición Permanente de los Recursos

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 22 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional: Disposición Permanente de los Recursos.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 22 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional: Disposición Permanente de los Recursos

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente a la Art. 22 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional: Disposición Permanente de los Recursos en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados a la Art. 22 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional: Disposición Permanente de los Recursos.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 22 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional: Disposición Permanente de los Recursos.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 22 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional: Disposición Permanente de los Recursos


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en el Art. 22 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional: Disposición Permanente de los Recursos

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 22 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional: Disposición Permanente de los Recursos
    Palabras Clave Ley Orgánica 5/2005, Derecho Hipotecario, Derecho Militar, Derecho Político, Derecho Procesal, Administrativo, Amenaza, Consejo de defensa nacional, Defensa nacional, Estado de sitio, Gobierno, Militares, Recursos, Sistema
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a a la Art. 22 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional: Disposición Permanente de los Recursos y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Ricardo Flores
    Fecha Disposición 17-11-2005
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-22-de-la-ley-organica-5-2005
    Fuente BOE y otras
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 22: Disposición Permanente de los Recursos
    Materia Ley Orgánica de la Defensa Nacional – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 5/2005
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 22 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional: Disposición Permanente de los Recursos Completado
    Dominio leyes.org.es


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