Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
Art. 220 del Real Decreto 3288/1978
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
- Versión Actual, en vigor desde 1 de Noviembre de 2011
- Más información sobre la versión actual del Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
2.- Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
Párrafo 1 del Artículo 220 del Real Decreto 3288/1978
1. Elaboradas las bases, la Entidad local o urbanística especial que las haya redactado otorgará su aprobación inicial, sometiéndolas a información pública por plazo de un mes, mediante inserción de anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia o provincias a que afecte la actuación. Igualmente deberá publicarse el anuncio al menos en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia o provincias afectadas.
Párrafo 2 del Artículo 220 del Real Decreto 3288/1978
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Número 2 del artículo 220 derogado por RD 304/1993, de 26 de febrero, por el que se aprueba la tabla de vigencias de los Reglamentos de Planeamiento, Gestión Urbanística, Disciplina Urbanística, Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares y Reparcelaciones, en ejecución de la disposición final única, del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana («B.O.E.» 18 marzo).
Párrafo 3 del Artículo 220 del Real Decreto 3288/1978
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Número 3 del artículo 220 derogado por RD 304/1993, de 26 de febrero, por el que se aprueba la tabla de vigencias de los Reglamentos de Planeamiento, Gestión Urbanística, Disciplina Urbanística, Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares y Reparcelaciones, en ejecución de la disposición final única, del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana («B.O.E.» 18 marzo).
Enlaces a legislación relacionada con Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia relacionada con el Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
- Búsqueda de Datos sobre el Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
- Notas de Jurisprudencia relacionada con el Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-220-del-real-decreto-3288-1978
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
- Búsqueda de Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística en el Diccionario Jurídico
- Búsqueda de Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística en la Enciclopedia Jurídica española
- Búsqueda de libros jurídicos relacionados con el Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
- Búsqueda de voces relacionadas con el Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística en el Tesauro Jurídico
- Búsqueda de índices relacionados con el Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
- Búsqueda de respuestas jurídicas relacionadas con el Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
- Detalles de enmiendas del Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística y otras
- Notas de correcciones del Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
Textos completos, anteriores a la redacción actual vigente, disponibles del Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística
Versión Inicial. VIgente desde 19/03/1993 hasta 10/11/2011
1. Elaboradas las bases, la Entidad local o urbanística especial que las haya redactado otorgará su aprobación inicial, sometiéndolas a información pública por plazo de un mes, mediante inserción de anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia o provincias a que afecte la actuación. Igualmente deberá publicarse el anuncio al menos en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia o provincias afectadas.
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5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística |
Palabras Clave | Real Decreto 3288/1978, Derecho Administrativo, Derecho Administrativo Local, Derecho Canónico, Derecho Minero, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal General, Derecho en General, Administrativo, As, Decreto, Disciplina, Provincia, Provincias, Registro, Reglamento, Suelo, Texto Refundido |
Descripción | REAL DECRETO. Esta entrada hace referencia a al Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Martín Aguirre |
Fecha Disposición | 25-8-1978 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-220-del-real-decreto-3288-1978 |
Fuente | BOE y otras |
Órgano | Ministerio De Obras Publicas Y Urbanismo |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 220 |
Materia | Reglamento de Gestión Urbanística – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Real Decreto 3288/1978 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 220 del Reglamento de Gestión Urbanística Completado |
Dominio | leyes.org.es |