Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, Art. 23: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica

Art. 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica

Art. 23 de la Ley 34-2002: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica

2.- Art. 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica

Párrafo 1 del Artículo 23 de la Ley 34-2002

1. Los contratos celebrados por vía electrónica producirán todos los efectos previstos por el ordenamiento jurídico, cuando concurran el consentimiento y los demás requisitos necesarios para su validez.

Los contratos electrónicos se regirán por lo dispuesto en este Título, por los Códigos Civil y de Comercio y por las restantes normas civiles o mercantiles sobre contratos, en especial, las normas de protección de los consumidores y usuarios y de ordenación de la actividad comercial.

Párrafo 2 del Artículo 23 de la Ley 34-2002

2. Para que sea válida la celebración de contratos por vía electrónica no será necesario el previo acuerdo de las partes sobre la utilización de medios electrónicos.

Párrafo 3 del Artículo 23 de la Ley 34-2002

3. Siempre que la Ley exija que el contrato o cualquier información relacionada con el mismo conste por escrito, este requisito se entenderá satisfecho si el contrato o la información se contiene en un soporte electrónico.

Párrafo 4 del Artículo 23 de la Ley 34-2002

4. No será de aplicación lo dispuesto en el presente Título a los contratos relativos al Derecho de familia y sucesiones.

Los contratos, negocios o actos jurídicos en los que la Ley determine para su validez o para la producción de determinados efectos la forma documental pública, o que requieran por Ley la intervención de órganos jurisdiccionales, notarios, registradores de la propiedad y mercantiles o autoridades públicas, se regirán por su legislación específica.

Enlaces a legislación relacionada con Art. 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica
    Palabras Clave Ley 34-2002, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Civil, Derecho Comercial, Derecho Internacional Público, Derecho Internacional Privado, Derecho Privado Romano, Familia y Tutela, Civil, Fiscal, Mercantil, Acuerdo, Administrativo, As, Comercio, Consentimiento, Contrato, Contratos, Derecho de familia, Eficacia de los Contratos, Forma, Normas, Notarios, Partes, Propiedad, Registradores, Servicios, Sociedad
    Descripción LEY. Esta entrada hace referencia a al Art. 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Carolina Villalba
    Fecha Disposición 11-7-2002
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-23-de-la-ley-34-2002
    Fuente BOE y otras
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 23: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica
    Materia Ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley 34-2002
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 23 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico: Validez y Eficacia de los Contratos Celebrados por Vía Electrónica Completado
    Dominio leyes.org.es


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