Reglamento del Planeamiento Urbanístico: Art. 25

Art. 25 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

Art. 25 del Real Decreto 2159/1978

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 25 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

2.- Art. 25 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

Párrafo 1 del Artículo 25 del Real Decreto 2159/1978

1. Los elementos fundamentales de la estructura general y orgánica de la ordenación del territorio se establecerán por el Plan General teniendo en cuenta el modelo de desarrollo urbano adoptado, definiendo:

  • a) La asignación a las diferentes zonas de los correspondientes usos globales cuya implantación se prevea, y la intensidad de los mismos.
  • b) El sistema general de comunicaciones, tanto urbanas como interurbanas, estableciendo las reservas de suelo necesarias para el establecimiento de redes varias y ferroviarias, áreas de acceso a las mismas, y todas aquellas otras instalaciones vinculadas a este sistema, como son estaciones de ferrocarril y autobuses, puertos, aeropuertos y otras instalaciones análogas.
  • c) El sistema general de espacios libres constituido por:
    • Parques urbanos públicos, en proporción no inferior a cinco metros cuadrados de suelo por cada habitante, en relación al total de población prevista en el Plan. En estos parques sólo se admitirán aquellos usos compatibles con su carácter que no supongan restricción del uso público.
    • Areas públicas destinadas al ocio cultural o recreativo, como parques deportivos, zoológicos, ferias y otras instalaciones análogas.
  • d) El sistema general de equipamiento comunitario, que comprenderá todos aquellos centros al servicio de toda la población destinados a usos:
    • Administrativos.
    • Comerciales.
    • Culturales y docentes, en situación y extensión adecuadas para que puedan cumplir las previsiones de su legislación especial.
    • Sanitarios, asistenciales, religiosos, cementerios y cualesquiera otros que se consideren necesarios para el mejor desarrollo de los intereses comunitarios.
  • e) Aquellas instalaciones y obras cuya implantación pueda influir de forma sustancial en el desarrollo del territorio, como centros productores de energía, embalses, líneas de conducción y distribución y otras análogas.

Párrafo 2 del Artículo 25 del Real Decreto 2159/1978

2. Los Planes Generales habrán de definir los sistemas relacionados en los párrafos anteriores con la precisión suficiente para poder permitir un adecuado desarrollo del Planteamiento en Planes Parciales o Especiales.

Párrafo 3 del Artículo 25 del Real Decreto 2159/1978

3. Los equipamientos a que se refieren los apartados 1.c) y 1.d) se fijarán en función de las necesidades del conjunto de la población a la que han de servir, sin perjuicio de las dotaciones propias de los Planes Parciales, debiendo quedar garantizada en el Plan General la obtención del sistema general de espacios libres y equipamiento comunitario, cualquiera que sean las características de las unidades de planeamiento que se propongan.

Enlaces a legislación relacionada con Art. 25 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 25 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 25 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 25 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 25 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 25 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 25 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 25 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 25 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 25 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 25 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico
    Palabras Clave Real Decreto 2159/1978, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Canónico, Derecho Comercial, Derecho Fiscal y Financiero, Derecho Internacional Público, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho Procesal General, Derecho Urbanístico, Derecho en General, Derechos Reales, Espacios Naturales, Familia y Tutela, Obligaciones, Privilegios, Sucesiones, Administrativo, As, Cementerios, Comunicaciones, Decreto, Embalses, Espacios Libres, Establecimiento, Ferias, Forma, Gas, Intereses, Obras, Parques, Planes, Planes Parciales, Poder, Puertos, Reglamento, Religiosos, Reservas, Sistema, Suelo, Territorio
    Descripción REAL DECRETO. Esta entrada hace referencia a al Art. 25 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Antonia Ruiz
    Fecha Disposición 23-6-1978
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-25-del-real-decreto-2159-1978
    Fuente BOE y otras
    Órgano Ministerio De Obras Publicas Y Urbanismo
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 25
    Materia Reglamento del Planeamiento Urbanístico – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Real Decreto 2159/1978
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 25 del Reglamento del Planeamiento Urbanístico Completado
    Dominio leyes.org.es


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