Ley de Garantías y Uso de Medicamentos y Productos Sanitarios, Art. 28: Garantías de Seguridad

Art. 28 de la Ley de Garantías y Uso de Medicamentos y Productos Sanitarios: Garantías de Seguridad

Art. 28 de la Ley 29-2006: Garantías de Seguridad

Enciclopedia del Derecho > España > Legislación > Leyes Básicas de Derecho Administrativo > Ley de garantías y uso de medicamentos y productos sanitarios > Título II: De los Medicamentos > Capítulo III: De las Garantías Exigibles a los Medicamentos de Uso Veterinario Elaborados Industrialmente y de las Condiciones de Prescripción y Dispensación de los Mismos > Artículo 28: Garantías de Seguridad

1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 28 de la Ley de Garantías y Uso de Medicamentos y Productos Sanitarios: Garantías de Seguridad

2.- Art. 28 de la Ley de Garantías y Uso de Medicamentos y Productos Sanitarios: Garantías de Seguridad

Párrafo 1 del Artículo 28 de la Ley 29-2006

1. Los medicamentos, sustancias medicinales y los excipientes que compongan aquéllos serán objeto de los estudios toxicológicos y clínicos que permitan garantizar su seguridad en condiciones normales de uso y que estarán en relación con la duración prevista del tratamiento.

Párrafo 2 del Artículo 28 de la Ley 29-2006

2. Los estudios comprenderán ensayos de toxicidad aguda y crónica, ensayos de teratogenia, embriotoxicidad, fertilidad, ensayos de mutagénesis y, en su caso, de carcinogénesis y, en general, aquellos otros que se consideren necesarios para una correcta evaluación de la seguridad y tolerancia de un medicamento en condiciones normales de uso y en función de la duración del tratamiento. En todo caso, se cumplirá la normativa en materia de protección de animales utilizados para fines científicos.

Párrafo 3 del Artículo 28 de la Ley 29-2006

3. Los medicamentos de uso veterinario serán objeto de estudios y ensayos complementarios que permitan garantizar su seguridad, en los que se tendrá en cuenta:

  • a) Que cuando se administran a animales productores de alimentos destinados al consumo humano debe conocerse el tiempo de espera adecuado para eliminar los riesgos para las personas que se deriven de los residuos o metabolitos de aquéllos.
  • b) Las repercusiones sobre las personas que los manejan, principalmente para los productos destinados a la mezcla con los piensos.
  • c) Las influencias sobre el medio ambiente, cuando puedan dar lugar a una acción residual a través de los productos de desecho.
  • d) Tratándose de productos biológicos y de las vacunas en particular, las repercusiones epizoóticas.

Párrafo 4 del Artículo 28 de la Ley 29-2006

4. Sin perjuicio de su propia responsabilidad, todas las autoridades y profesionales sanitarios así como los laboratorios farmacéuticos y almacenes mayoristas están obligados a colaborar diligentemente en el conocimiento de la seguridad del producto. Asimismo, los profesionales sanitarios, los laboratorios farmacéuticos y los almacenes mayoristas están obligados a comunicar a las autoridades sanitarias las anomalías de las que tuvieran noticia, conforme a lo establecido en el capítulo VI de este título.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 28 de la Ley de Garantías y Uso de Medicamentos y Productos Sanitarios: Garantías de Seguridad

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 28 de la Ley de Garantías y Uso de Medicamentos y Productos Sanitarios: Garantías de Seguridad

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 28 de la Ley de Garantías y Uso de Medicamentos y Productos Sanitarios: Garantías de Seguridad.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 28 de la Ley de Garantías y Uso de Medicamentos y Productos Sanitarios: Garantías de Seguridad

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 28 de la Ley de Garantías y Uso de Medicamentos y Productos Sanitarios: Garantías de Seguridad en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 28 de la Ley de Garantías y Uso de Medicamentos y Productos Sanitarios: Garantías de Seguridad.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 28 de la Ley de Garantías y Uso de Medicamentos y Productos Sanitarios: Garantías de Seguridad.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 28 de la Ley de Garantías y Uso de Medicamentos y Productos Sanitarios: Garantías de Seguridad


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 28 de la Ley de Garantías y Uso de Medicamentos y Productos Sanitarios: Garantías de Seguridad

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 28 de la Ley de Garantías y Uso de Medicamentos y Productos Sanitarios: Garantías de Seguridad
    Palabras Clave Ley 29-2006, Derecho Administrativo, Derecho Privado Romano, Derecho Urbanístico, Familia y Tutela, Filosofía del Derecho, Hechos y Actos Jurídicos Civiles, Obligaciones, Fiscal, Medio Ambiente, Mercantil, Administrativo, Alimentos, Animales, As, Condiciones, Medicamento, Medio Ambiente, Objeto, Productos, Residuos, Responsabilidad, Riesgos, Seguridad
    Descripción LEY. Esta entrada hace referencia a al Art. 28 de la Ley de Garantías y Uso de Medicamentos y Productos Sanitarios: Garantías de Seguridad y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Antonio Peralta
    Fecha Disposición 26-7-2006
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-28-de-la-ley-29-2006
    Fuente BOE y otras
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 28: Garantías de Seguridad
    Materia Ley de garantías y uso de medicamentos y productos sanitarios – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley 29-2006
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 28 de la Ley de Garantías y Uso de Medicamentos y Productos Sanitarios: Garantías de Seguridad Completado
    Dominio leyes.org.es


    Deja un comentario