Ley de Responsabilidad Medioambiental, Art. 3: Ámbito de Aplicación

Art. 3 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Ámbito de Aplicación

Art. 3 de la Ley 26-2007: Ámbito de Aplicación

Enciclopedia del Derecho > España > Legislación > Leyes Básicas de Derecho Administrativo > Ley de Responsabilidad Medioambiental > Capítulo I: Disposiciones Generales > Artículo 3: ámbito de Aplicación

1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 3 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Ámbito de Aplicación

2.- Art. 3 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Ámbito de Aplicación

Párrafo 1 del Artículo 3 de la Ley 26-2007

1. Esta ley se aplicará a los daños medioambientales y a las amenazas inminentes de que tales daños ocurran, cuando hayan sido causados por las actividades económicas o profesionales enumeradas en el anexo III, aunque no exista dolo, culpa o negligencia.

Se presumirá, salvo prueba en contrario, que una actividad económica o profesional de las enumeradas en el anexo III ha causado el daño o la amenaza inminente de que dicho daño se produzca cuando, atendiendo a su naturaleza intrínseca o a la forma en que se ha desarrollado, sea apropiada para causarlo.

Párrafo 2 del Artículo 3 de la Ley 26-2007

2. Esta ley también se aplicará a los daños medioambientales y a las amenazas inminentes de que tales daños ocurran, cuando hayan sido causados por las actividades económicas o profesionales distintas de las enumeradas en el anexo III, en los siguientes términos:

  • a) Cuando medie dolo, culpa o negligencia, serán exigibles las medidas de prevención, de evitación y de reparación.
  • b) Cuando no medie dolo, culpa o negligencia, serán exigibles las medidas de prevención y de evitación.

Párrafo 3 del Artículo 3 de la Ley 26-2007

3. Esta Ley sólo se aplicará a los daños medioambientales, o a la amenaza inminente de tales daños, causados por una contaminación de carácter difuso, cuando sea posible establecer un vínculo causal entre los daños y las actividades de operadores concretos.

Párrafo 4 del Artículo 3 de la Ley 26-2007

4. Esta ley no se aplicará a los daños medioambientales ni a las amenazas inminentes de que tales daños se produzcan cuando hayan sido ocasionados por alguna de las siguientes causas:

  • a) Un acto derivado de un conflicto armado, de hostilidades, de guerra civil o de una insurrección.
  • b) Un fenómeno natural de carácter excepcional, inevitable e irresistible.
  • c) Las actividades cuyo principal propósito sea servir a la defensa nacional o a la seguridad internacional, y las actividades cuyo único propósito sea la protección contra los desastres naturales.

Párrafo 5 del Artículo 3 de la Ley 26-2007

5. Esta ley no se aplicará a los siguientes daños:

  • a) A los daños medioambientales ni a las amenazas inminentes de que tales daños se produzcan cuando tengan su origen en un suceso cuyas consecuencias en cuanto a responsabilidad o a indemnización estén establecidas por alguno de los convenios internacionales enumerados en el anexo IV, incluidas sus eventuales modificaciones futuras, vigentes en España.
  • b) A los riesgos nucleares, a los daños medioambientales o a las amenazas inminentes de que tales daños se produzcan, causados por las actividades que empleen materiales cuya utilización esté regulada por normativa derivada del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, ni a los incidentes o a las actividades cuyo régimen de responsabilidad esté establecido por alguno de los convenios internacionales enumerados en el anexo V, incluidas sus eventuales modificaciones futuras, vigentes en España.

Párrafo 6 del Artículo 3 de la Ley 26-2007

6. En el caso de obras públicas de interés general, competencia de la Administración General del Estado, esta ley se aplicará:

  • a) A los daños causados a las especies y a los hábitats protegidos, a las aguas, al suelo y a la ribera del mar y de las rías, y a las amenazas inminentes de que tales daños ocurran, cuando hayan sido causados por las actividades económicas o profesionales enumeradas en el anexo III, aunque no exista dolo, culpa o negligencia.
  • b) A los daños causados a las especies y hábitats naturales protegidos por actividades profesionales distintas de las enumeradas en el anexo III y a cualquier amenaza inminente de tales daños debido a alguna de esas actividades, siempre que haya habido culpa o negligencia por parte del operador.

La normativa autonómica en la materia podrá determinar la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior a las obras públicas de especial relevancia e interés equivalentes a las de interés general del Estado, cuya titularidad y competencia corresponda a las comunidades autónomas.

Número 6 del artículo 3 introducido por el apartado dos del artículo único de la Ley 11/2014, de 3 de julio, por la que se modifica la ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental («B.O.E.» 4 julio). Vigencia: 5 julio 2014

Enlaces a legislación relacionada con Art. 3 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Ámbito de Aplicación

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 3 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Ámbito de Aplicación

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 3 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Ámbito de Aplicación

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 3 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Ámbito de Aplicación.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 3 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Ámbito de Aplicación

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 3 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Ámbito de Aplicación en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 3 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Ámbito de Aplicación.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 3 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Ámbito de Aplicación.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 3 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Ámbito de Aplicación


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 3 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Ámbito de Aplicación

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 3 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Ámbito de Aplicación
    Palabras Clave Ley 26-2007, Delitos, Derecho Administrativo, Derecho Internacional Público, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal General, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Hechos y Actos Jurídicos Civiles, Obligaciones, Aguas, Amenaza, Amenazas, As, Comunidad, Culpa, Defensa nacional, Dolo, Estado, Forma, Guerra, Hostilidades, Mar, Medidas, Medio Ambiente, Naturaleza, Negligencia, Obras, Parte, Prueba, Responsabilidad, Riesgos, Seguridad, Suelo
    Descripción LEY. Esta entrada hace referencia a al Art. 3 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Ámbito de Aplicación y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Antonio Cabrera
    Fecha Disposición 23-10-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-3-de-la-ley-26-2007
    Fuente BOE y otras
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 3: ámbito de Aplicación
    Materia Ley de Responsabilidad Medioambiental – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley 26-2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 3 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Ámbito de Aplicación Completado
    Dominio leyes.org.es


    Deja un comentario