Estatuto de Autonomía para Asturias: Art. 31

Art. 31 del Estatuto de Autonomía para Asturias

Art. 31 de la Ley Orgánica 7/1981

Enciclopedia del Derecho > España > Legislación > Leyes Básicas de Estatutos de Autonomía > Estatuto de Autonomía para Asturias > Titulo II: De los órganos Institucionales del Principado de Asturias > Capitulo Primero: De la Junta General del Principado de Asturias > Artículo 31

1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 31 del Estatuto de Autonomía para Asturias

2.- Art. 31 del Estatuto de Autonomía para Asturias

Párrafo 1 del Artículo 31 de la Ley Orgánica 7/1981

1. La iniciativa para el ejercicio de la potestad legislativa reconocida en el artículo 23 de este Estatuto corresponde a los miembros de la Junta General y al Consejo de Gobierno. Por ley del Principado se regulará la iniciativa de los Ayuntamientos y la iniciativa popular para las materias que sean competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma.

Párrafo 2 del Artículo 31 de la Ley Orgánica 7/1981

2. Las leyes aprobadas por la Junta General serán promulgadas, en nombre del Rey, por el Presidente del Principado, que dispondrá su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias», en el plazo de quince días desde su aprobación, y en el «Boletín Oficial del Estado». Los Reglamentos serán publicados por orden del Presidente del Principado, dentro del mismo plazo, en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».

Artículo 31 redactado por L.O. 1/1999, 5 enero («B.O.E.» 8 enero) , de reforma de la Ley Orgánica 7/1981, de Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias.

Enlaces a legislación relacionada con Art. 31 del Estatuto de Autonomía para Asturias

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 31 del Estatuto de Autonomía para Asturias

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 31 del Estatuto de Autonomía para Asturias

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 31 del Estatuto de Autonomía para Asturias.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 31 del Estatuto de Autonomía para Asturias

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 31 del Estatuto de Autonomía para Asturias en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 31 del Estatuto de Autonomía para Asturias.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 31 del Estatuto de Autonomía para Asturias.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 31 del Estatuto de Autonomía para Asturias


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 31 del Estatuto de Autonomía para Asturias

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 31 del Estatuto de Autonomía para Asturias
    Palabras Clave Ley Orgánica 7/1981, Derecho Canónico, Derecho Civil, Derecho Constitucional, Derecho Militar, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derechos Reales, Persona, Civil, Medio Ambiente, Administrativo, As, Ayuntamientos, Comunidad, Estatuto, Gobierno, Iniciativa Popular, Leyes, Nombre, Oficial, Orden, Reforma, Rey
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 31 del Estatuto de Autonomía para Asturias y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Claudia Molina
    Fecha Disposición 30-12-1981
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-31-de-la-ley-organica-7-1981
    Fuente BOE y otras
    Órgano
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 31
    Materia Estatuto de Autonomía para Asturias – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 7/1981
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 31 del Estatuto de Autonomía para Asturias Completado
    Dominio leyes.org.es


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