Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, Art. 32: áreas Marinas Protegidas

Art. 32 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: áreas Marinas Protegidas

Art. 32 de la Ley 42-2007: áreas Marinas Protegidas

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 32 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: áreas Marinas Protegidas

2.- Art. 32 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: áreas Marinas Protegidas

Párrafo 1 del Artículo 32 de la Ley 42-2007

1. Las Áreas Marinas Protegidas son espacios naturales designados para la protección de ecosistemas, comunidades o elementos biológicos o geológicos del medio marino, incluidas las áreas intermareal y submareal, que en razón de su rareza, fragilidad, importancia o singularidad, merecen una protección especial. Podrán adoptar esta categoría específica o protegerse mediante cualquier otra figura de protección de áreas prevista en esta Ley, en cuyo caso, su régimen jurídico será el aplicable a estas otras figuras, sin perjuicio de su inclusión en la Red de Áreas Marinas Protegidas.

Párrafo 2 del Artículo 32 de la Ley 42-2007

2. Para la conservación de las Áreas Marinas Protegidas y de sus valores naturales, se aprobarán planes o instrumentos de gestión que establezcan, al menos, las medidas de conservación necesarias y las limitaciones de explotación de los recursos naturales que procedan, para cada caso y para el conjunto de las áreas incorporables a la Red de Áreas Marinas Protegidas.

Párrafo 3 del Artículo 32 de la Ley 42-2007

3. Independientemente de la categoría o figura que se utilice para su protección, las limitaciones en la explotación de los recursos pesqueros en aguas exteriores se realizarán conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.

Párrafo 4 del Artículo 32 de la Ley 42-2007

4. La Conferencia Sectorial, a propuesta de las Comunidades autónomas litorales y de la Administración General del Estado, establecerá los criterios mínimos comunes de gestión aplicables a las Áreas Marinas incluidas en la Red.

Enlaces a legislación relacionada con Art. 32 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: áreas Marinas Protegidas

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 32 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: áreas Marinas Protegidas

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 32 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: áreas Marinas Protegidas

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 32 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: áreas Marinas Protegidas.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 32 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: áreas Marinas Protegidas

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 32 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: áreas Marinas Protegidas en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 32 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: áreas Marinas Protegidas.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 32 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: áreas Marinas Protegidas.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 32 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: áreas Marinas Protegidas


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 32 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: áreas Marinas Protegidas

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 32 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: áreas Marinas Protegidas
    Palabras Clave Ley 42-2007, Derecho Administrativo, Derecho Hipotecario, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Urbanístico, Derecho en General, Medio Ambiente, Aguas, As, Estado, Medidas, Patrimonio, Penal, Pesca, Planes, Recursos
    Descripción LEY. Esta entrada hace referencia a al Art. 32 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: áreas Marinas Protegidas y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Esteban Godoy
    Fecha Disposición 13-12-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-32-de-la-ley-42-2007
    Fuente BOE y otras
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 32: áreas Marinas Protegidas
    Materia Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley 42-2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 32 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: áreas Marinas Protegidas Completado
    Dominio leyes.org.es


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