Ley General de Sanidad: Art. 36

Art. 36 de la Ley General de Sanidad

Art. 36 de la Ley 14-1986

Enciclopedia del Derecho > España > Legislación > Leyes Básicas de Derecho Administrativo > Ley General de Sanidad > Titulo Primero: Del Sistema de Salud > Capitulo VI: De las Infracciones y Sanciones > Artículo 36

1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 36 de la Ley General de Sanidad

2.- Art. 36 de la Ley General de Sanidad

Párrafo 1 del Artículo 36 de la Ley 14-1986

1. Las infracciones en materia de sanidad serán sancionadas con multas de acuerdo con la siguiente graduación:

  • a) Infracciones leves, hasta 500.000 pesetas.
  • b) Infracciones graves, desde 500.001 a 2.500.000 pesetas, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción.
  • c) Infracciones muy graves, desde 2.500.001 a 100.000.000 de pesetas, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción.

Párrafo 2 del Artículo 36 de la Ley 14-1986

2. Además, en los supuestos de infracciones muy graves, podrá acordarse, por el Consejo de Ministros o por los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas que tuvieren competencia para ello, el cierre temporal del establecimiento, instalación o servicio por un plazo máximo de cinco años. En tal caso, será de aplicación lo previsto en el artículo 57 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores.

Párrafo 3 del Artículo 36 de la Ley 14-1986

3. Las cuantías reseñadas anteriormente deberán ser revisadas y actualizadas periódicamente por el Gobierno, por Real Decreto, teniendo en cuenta la variación de los índices de precios para el consumo.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 36 de la Ley General de Sanidad

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 36 de la Ley General de Sanidad

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 36 de la Ley General de Sanidad.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 36 de la Ley General de Sanidad

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 36 de la Ley General de Sanidad en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 36 de la Ley General de Sanidad.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 36 de la Ley General de Sanidad.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 36 de la Ley General de Sanidad


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 36 de la Ley General de Sanidad

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 36 de la Ley General de Sanidad
    Palabras Clave Ley 14-1986, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Internacional Público, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal General, Derecho en General, Laboral, Medio Ambiente, Acuerdo, Administrativo, As, Decreto, Establecimiento, Estatuto, Gobierno, Ministros, Precios, Productos, Sanidad, Servicios, Trabajadores
    Descripción LEY. Esta entrada hace referencia a al Art. 36 de la Ley General de Sanidad y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Raimundo Morales
    Fecha Disposición 25-4-1986
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-36-de-la-ley-14-1986
    Fuente BOE y otras
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 36
    Materia Ley General de Sanidad – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley 14-1986
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 36 de la Ley General de Sanidad Completado
    Dominio leyes.org.es


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