Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
Art. 36 de la Ley Orgánica 1/1995
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
- Versión Actual, en vigor desde 15 de Marzo de 1995
- Más información sobre la versión actual del Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
2.- Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
La ciudad de Ceuta dispondrá de los recursos que le correspondan en los términos del presente Estatuto, así como los que la legislación financiera local establezca en el futuro para los municipios y provincias.
En particular, le corresponderán los siguientes recursos:
- 1.ºLos rendimientos de sus propios tributos, que serán los previstos en la legislación del Estado para los municipios y provincias y en la disposición adicional segunda del presente Estatuto.
- 2.ºLas asignaciones complementarias que se establezcan en su caso en los Presupuestos Generales del Estado en garantía del nivel mínimo de los servicios fundamentales de su competencia.
- 3.ºLas participaciones en tributos estatales, según los criterios establecidos para los municipios y provincias.
- 4.ºLas transferencias derivadas del Fondo de Compensación Interterritorial y de otros Fondos destinados a favorecer el desarrollo, de acuerdo con los criterios establecidos en las disposiciones reguladoras de los mismos.
- 5.ºLos rendimientos derivados del patrimonio de la Ciudad y los ingresos de Derecho privado, herencias, legados y donaciones.
- 6.ºLos ingresos derivados de la imposición de multas y sanciones en el ámbito de su competencia.
- 7.ºEl producto de las operaciones de crédito.
- 8.ºLas transferencias que reciba la ciudad de Ceuta en aplicación de la participación en los ingresos estatales, por competencias traspasadas del Estado.
- 9.ºLos rendimientos de los tributos del Estado que le sean cedidos por éste. El alcance y términos de la cesión serán determinados por Ley.
- 10.ºCuantos otros recursos se atribuyan a las Comunidades Autónomas y a las Entidades locales por la legislación estatal o, a través de los Presupuestos Generales del Estado, como consecuencia de la vinculación de España a la Unión Europea.
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia relacionada con el Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
- Búsqueda de Datos sobre el Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
- Notas de Jurisprudencia relacionada con el Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-36-de-la-ley-organica-1-1995
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
- Búsqueda de Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta en el Diccionario Jurídico
- Búsqueda de Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta en la Enciclopedia Jurídica española
- Búsqueda de libros jurídicos relacionados con el Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
- Búsqueda de voces relacionadas con el Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta en el Tesauro Jurídico
- Búsqueda de índices relacionados con el Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
- Búsqueda de respuestas jurídicas relacionadas con el Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
- Detalles de enmiendas del Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta y otras
- Notas de correcciones del Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta |
Palabras Clave | Ley Orgánica 1/1995, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Administrativo Local, Derecho Canónico, Derecho Hipotecario, Derecho Internacional Público, Derecho Municipal, Derecho Penal, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho en General, Civil, Acuerdo, Administrativo, As, Ceuta, Donaciones, Entidades, Estado, Estatuto, Legados, Municipios, Participaciones, Patrimonio, Propios, Provincias, Recursos, Rollo, Sanciones, Servicios |
Descripción | LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Emilia Córdoba |
Fecha Disposición | 13-3-1995 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-36-de-la-ley-organica-1-1995 |
Fuente | BOE y otras |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 36 |
Materia | Estatuto de Autonomía de Ceuta – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley Orgánica 1/1995 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 36 del Estatuto de Autonomía de Ceuta Completado |
Dominio | leyes.org.es |