Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, Art. 36: Enseñanza

Art. 36 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Enseñanza

Art. 36 de la Ley Orgánica 1/2007: Enseñanza

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 36 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Enseñanza

2.- Art. 36 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Enseñanza

De acuerdo con lo que dispone el artículo 27 y el número 30 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las ILles Balears:

Párrafo 1 del Artículo 36 de la Ley Orgánica 1/2007

1. En materia de enseñanza no universitaria, la competencia exclusiva en la creación, la organización y el régimen de los centros públicos; régimen de becas y ayudas con fondos propios, la formación y el perfeccionamiento del personal docente; servicios educativos y actividades extraescolares complementarias en relación con los centros públicos y privados sostenidos con fondos públicos, en colaboración con los órganos de participación de los padres y las madres de sus alumnos.

Párrafo 2 del Artículo 36 de la Ley Orgánica 1/2007

2. Corresponde a la Comunidad Autónoma de las ILles Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

Párrafo 3 del Artículo 36 de la Ley Orgánica 1/2007

3. En materia de enseñanza no universitaria, la competencia ejecutiva sobre la expedición y la homologación de los títulos académicos y profesionales estatales.

Párrafo 4 del Artículo 36 de la Ley Orgánica 1/2007

4. En materia de enseñanza universitaria, la Comunidad Autónoma de las ILles Balears tiene competencia exclusiva, sin perjuicio de la autonomía universitaria, en la programación y la coordinación del sistema universitario, en la financiación propia de las universidades y en la regulación y la gestión del sistema propio de becas y ayudas.

Véase Ley [BALEARES] 2/2003, 20 marzo, de organización institucional del sistema universitario de las ILles Balears («B.O.I.B.» 29 marzo /«B.O.E.» 16 abril). Véase Ley [BALEARES] 4/2006, 30 marzo, de educación y formación permanentes de personas adultas de las ILles Balears («B.O.I.B.» 6 abril /«B.O.E.» 12 mayo).

Véase DL [BALEARES] 112/2001, 7 septiembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Consejos Escolares de las ILles Balears («B.O.I.B.» 18 septiembre).

Enlaces a legislación relacionada con Art. 36 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Enseñanza

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 36 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Enseñanza

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 36 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Enseñanza

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 36 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Enseñanza.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 36 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Enseñanza

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 36 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Enseñanza en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 36 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Enseñanza.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 36 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Enseñanza.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 36 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Enseñanza


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 36 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Enseñanza

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 36 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Enseñanza
    Palabras Clave Ley Orgánica 1/2007, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Internacional, Derecho Internacional Público, Derecho Municipal, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derechos Reales, Acuerdo, Administrativo, Alumnos, As, Comunidad, Estatuto, Padres, Personal, Propios, Reforma, Servicios, Sistema, Texto Refundido
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 36 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Enseñanza y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Carolina Medina
    Fecha Disposición 28-2-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-36-de-la-ley-organica-1-2007
    Fuente , Boletin Oficial De Las Illes Balears
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 36: Enseñanza
    Materia Estatuto de Autonomía de las Illes Balears – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 1/2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 36 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Enseñanza Completado
    Dominio leyes.org.es


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