Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales
Art. 4 de la Ley 2-1974
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales
- Versión Actual, en vigor desde 27 de Julio de 2012
- Más información sobre la versión actual del Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales
2.- Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales
Párrafo 1 del Artículo 4 de la Ley 2-1974
1. La creación de Colegios Profesionales se hará mediante Ley a petición de los profesionales interesados y sin perjuicio de lo que se dice en el párrafo siguiente.
Párrafo 2 del Artículo 4 de la Ley 2-1974
2. La fusión, absorción, segregación, cambio de denominación y disolución de los Colegios Profesionales de la misma profesión será promovida por los propios Colegios, de acuerdo con lo dispuesto en los respectivos Estatutos, y requerirá la aprobación por Decreto, previa audiencia de los demás Colegios afectados.
Párrafo 3 del Artículo 4 de la Ley 2-1974
3. Dentro del ámbito territorial que venga señalado a cada Colegio no podrá constituirse otro de la misma profesión.
Párrafo 4 del Artículo 4 de la Ley 2-1974
4. Cuando estén constituidos varios Colegios de la misma profesión de ámbito inferior al nacional existirá un Consejo General cuya naturaleza y funciones se precisan en el artículo 9.º.
Párrafo 5 del Artículo 4 de la Ley 2-1974
5. No podrá otorgarse a un Colegio denominación coincidente o similar a la de otros anteriormente existentes o que no responda a la titulación poseída por sus componentes o sea susceptible de inducir a error en cuanto a quiénes sean los profesionales integrados en el Colegio.
Párrafo 6 del Artículo 4 de la Ley 2-1974
6. Los Colegios adquirirán personalidad jurídica desde que, creados en la forma prevista en esta Ley, se constituyan sus órganos de gobierno.
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia relacionada con el Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales
- Búsqueda de Datos sobre el Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales
- Notas de Jurisprudencia relacionada con el Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales
Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales
3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-4-de-la-ley-2-1974
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
- Búsqueda de Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales en el Diccionario Jurídico
- Búsqueda de Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales en la Enciclopedia Jurídica española
- Búsqueda de libros jurídicos relacionados con el Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales
- Búsqueda de voces relacionadas con el Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales en el Tesauro Jurídico
- Búsqueda de índices relacionados con el Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales
- Búsqueda de respuestas jurídicas relacionadas con el Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales
3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales
- Detalles de enmiendas del Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales y otras
- Notas de correcciones del Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales |
Palabras Clave | Ley 2-1974, Conceptos Generales del Derecho Penal, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Canónico, Derecho Civil, Derecho Internacional Público, Derecho Municipal, Derecho Político, Derecho Procesal General, Derecho del Trabajo Individual, Derecho en General, Filosofía del Derecho, Hechos y Actos Jurídicos Civiles, Civil, Acuerdo, Administrativo, Audiencia, Colegio, Colegios, Decreto, Error, Estatutos, Forma, Gobierno, Naturaleza, Personalidad, Propios |
Descripción | LEY. Esta entrada hace referencia a al Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Pedro Pérez |
Fecha Disposición | 13-2-1974 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-4-de-la-ley-2-1974 |
Fuente | BOE y otras |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 4 |
Materia | Ley sobre Colegios Profesionales – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley 2-1974 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 4 de la Ley sobre Colegios Profesionales Completado |
Dominio | leyes.org.es |