Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas
Art. 4 de la Ley 59-2003: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas
- Versión Actual, en vigor desde 11 de Mayo de 2014
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2.- Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas
Párrafo 1 del Artículo 4 de la Ley 59-2003
1. Esta ley se aplicará al uso de la firma electrónica en el seno de las Administraciones públicas, sus organismos públicos y las entidades dependientes o vinculadas a las mismas y en las relaciones que mantengan aquéllas y éstos entre sí o con los particulares.
Las Administraciones públicas, con el objeto de salvaguardar las garantías de cada procedimiento, podrán establecer condiciones adicionales a la utilización de la firma electrónica en los procedimientos. Dichas condiciones podrán incluir, entre otras, la imposición de fechas electrónicas sobre los documentos electrónicos integrados en un expediente administrativo. Se entiende por fecha electrónica el conjunto de datos en forma electrónica utilizados como medio para constatar el momento en que se ha efectuado una actuación sobre otros datos electrónicos a los que están asociados.
Párrafo 2 del Artículo 4 de la Ley 59-2003
2. Las condiciones adicionales a las que se refiere el apartado anterior sólo podrán hacer referencia a las características específicas de la aplicación de que se trate y deberán garantizar el cumplimiento de lo previsto en el artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Estas condiciones serán objetivas, proporcionadas, transparentes y no discriminatorias y no deberán obstaculizar la prestación de servicios de certificación al ciudadano cuando intervengan distintas Administraciones públicas nacionales o del Espacio Económico Europeo.
Párrafo 3 del Artículo 4 de la Ley 59-2003
3. Las normas que establezcan condiciones generales adicionales para el uso de la firma electrónica ante la Administración General del Estado, sus organismos públicos y las entidades dependientes o vinculadas a las mismas se dictarán a propuesta conjunta de los Ministerios de Administraciones Públicas y de Ciencia y Tecnología y previo informe del Consejo Superior de Informática y para el impulso de la Administración Electrónica.
Párrafo 4 del Artículo 4 de la Ley 59-2003
4. La utilización de la firma electrónica en las comunicaciones que afecten a la información clasificada, a la seguridad pública o a la defensa nacional se regirá por su normativa específica.
Enlaces a legislación relacionada con Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas.
En general:
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3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-4-de-la-ley-59-2003
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
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3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas
- Detalles de enmiendas del Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas y otras
- Notas de correcciones del Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
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3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas |
Palabras Clave | Ley 59-2003, Derecho Administrativo, Derecho Fiscal, Derecho Internacional Privado, Derecho Militar, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho Procesal Civil, Derecho Procesal General, Derecho en General, Filosofía del Derecho, Hechos y Actos Jurídicos Civiles, Mercantil, Administrativo, As, Ciencia, Comunicaciones, Condiciones, Defensa nacional, Dependientes, Documentos, Empleo, Estado, Expediente Administrativo, Fecha, Firma, Forma, Informe, Ministerios, Normas, Objeto, Procedimiento, Procedimiento Administrativo, Procedimientos, Seguridad, Servicios, Superior |
Descripción | LEY. Esta entrada hace referencia a al Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Claudia Gutiérrez |
Fecha Disposición | 19-12-2003 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-4-de-la-ley-59-2003 |
Fuente | BOE y otras |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 4: Empleo de la Firma Electrónica en el ámbito de las Administraciones Públicas |
Materia | Ley de firma electrónica – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley 59-2003 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 4 de la Ley de Firma Electrónica: Empleo de la Firma Electrónica en el Ámbito de las Administraciones Públicas Completado |
Dominio | leyes.org.es |