Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
Art. 41 de la Ley 26-2007: Iniciación del Procedimiento
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
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2.- Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
Iniciación del procedimiento
Párrafo 1 del Artículo 41 de la Ley 26-2007
1. Los procedimientos de exigencia de la responsabilidad medioambiental regulados en esta ley se iniciarán:
- a) De oficio por acuerdo motivado del órgano competente, bien por propia iniciativa, bien como consecuencia de orden superior, bien a petición razonada de otros órganos o bien por medio de denuncia que dé traslado de unos hechos que, a juicio del órgano competente, sean suficientes para acordar el inicio.
- b) A solicitud del operador o de cualquier otra persona interesada.
Párrafo 2 del Artículo 41 de la Ley 26-2007
2. Cuando la iniciación de los procedimientos de exigencia de responsabilidad medioambiental sea instada por un interesado distinto del operador, la solicitud se formalizará por escrito y especificará en todo caso los daños o las amenazas de daños medioambientales a los efectos previstos en esta ley. La solicitud especificará, asimismo y cuando ello fuera posible, los siguientes aspectos:
- a) La acción u omisión del presunto responsable.
- b) La identificación del presunto responsable.
- c) La fecha en la que se produjo la acción u omisión.
- d) El lugar donde se ha producido el daño o la amenaza de daño.
- e) La relación de causalidad entre la acción o la omisión del presunto responsable y el daño o la amenaza de daño.
Párrafo 3 del Artículo 41 de la Ley 26-2007
3. El órgano competente se pronunciará sobre la admisión de la solicitud de inicio del procedimiento de exigencia de responsabilidad medioambiental y lo comunicará al solicitante en el plazo de 10 días hábiles a contar desde la recepción de la solicitud. En los procedimientos que se inicien a solicitud de interesado distinto del operador, si el órgano competente comprobara que la solicitud de inicio no incluye los elementos señalados en el apartado anterior requerirá al solicitante para que, en un plazo de diez días hábiles, acompañe los documentos preceptivos. En los casos en que no se produzca dicha subsanación, se le tendrá por desistido de su solicitud, en los términos previstos en el . Sin perjuicio de lo anterior, el órgano competente podrá inadmitir la solicitud, mediante resolución motivada, en los casos de aquellas solicitudes que carezcan manifiestamente de fundamento o se hubieran desestimado en cuanto al fondo por resolución firme anterior otras solicitudes sustancialmente idénticas. Frente a dicha resolución de inadmisión podrán interponerse los recursos legalmente procedentes en vía administrativa y judicial, en su caso.
Artículo 41 redactado por el apartado once del artículo único de la Ley 11/2014, de 3 de julio, por la que se modifica la ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental («B.O.E.» 4 julio). Vigencia: 5 julio 2014
Enlaces a legislación relacionada con Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Título VI. De las disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos (Vigente hasta el 01 de Junio de 2015).
- Ley 11/2014, de 3 de julio, por la que se modifica la ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Título III. De los interesados (Vigente hasta el 01 de Junio de 2015).
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
- Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de medidas especiales en materia de salud pública.
- Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. Título V. De la acción administrativa (Vigente hasta el 01 de Enero de 2015).
- Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Ley 50/1981, 30 diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
- Constitución Española, 1978. Título VIII. De la organización territorial del Estado.
- Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
- Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, por la que se establece el orden de prioridad y el calendario para la aprobación de las órdenes ministeriales a partir de las cuales será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria, previstas en la disposición final cuarta de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
- Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos (Vigente hasta el 30 de Julio de 2011).
- Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
- Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
- Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
- Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.
- Real Decreto 653/2003, de 30 de mayo, sobre incineración de residuos (Vigente hasta el 20 de Octubre de 2013).
- Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI, VII y VIII del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
- Ley 22/1988, 28 julio, de Costas.
- Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
- Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.
- Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos (Vigente hasta el 01 de Junio de 2015).
- Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios (Vigente hasta el 04 de Diciembre de 2014).
- Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas.
- Real Decreto 551/2006, de 5 de mayo, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español (Vigente hasta el 19 de Marzo de 2014).
- Real Decreto 412/2001, de 20 de abril, por el que se regulan diversos aspectos relacionados con el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril.
- Real Decreto 210/2004, de 6 de febrero, por el que se establece un sistema de seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo.
- Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente.
- Ley 40/2010, de 29 de diciembre, de almacenamiento geológico de dióxido de carbono.
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia relacionada con el Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
- Búsqueda de Datos sobre el Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
- Notas de Jurisprudencia relacionada con el Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-41-de-la-ley-26-2007
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
- Búsqueda de Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento en el Diccionario Jurídico
- Búsqueda de Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento en la Enciclopedia Jurídica española
- Búsqueda de libros jurídicos relacionados con el Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
- Búsqueda de voces relacionadas con el Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento en el Tesauro Jurídico
- Búsqueda de índices relacionados con el Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
- Búsqueda de respuestas jurídicas relacionadas con el Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
- Detalles de enmiendas del Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento y otras
- Notas de correcciones del Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
Textos completos, anteriores a la redacción actual vigente, disponibles del Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento
Versión 2. VIgente desde 07/07/2011 hasta 05/07/2014
1. Los procedimientos de exigencia de la responsabilidad medioambiental regulados en esta ley se iniciarán bien de oficio, bien a solicitud del operador o de cualquier otro interesado.
2. Cuando la iniciación de los procedimientos de exigencia de responsabilidad medioambiental sea instada por un interesado distinto del operador, la solicitud se formalizará por escrito y especificará en todo caso el daño o la amenaza de daño a los recursos naturales protegidos por esta ley. La solicitud especificará, asimismo y cuando ello fuera posible, los siguientes aspectos:
- a) La acción u omisión del presunto responsable.
- b) La identificación del presunto responsable.
- c) La fecha en la que se produjo la acción u omisión.
- d) El lugar donde se ha producido el daño o la amenaza de daño a los recursos naturales.
- e) La relación de causalidad entre la acción o la omisión del presunto responsable y el daño o la amenaza de daño.
A partir de: 5 julio 2014 Artículo 41 redactado por el apartado once del artículo único de la Ley 11/2014, de 3 de julio, por la que se modifica la ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental («B.O.E.» 4 julio) .
Versión 1. VIgente desde 31/12/2010 hasta 07/07/2011
No se realizaron cambios en esta versión del Art. 41 de la Ley 26-2007
Versión Inicial. VIgente desde 25/10/2007 hasta 31/12/2010
1. Los procedimientos de exigencia de la responsabilidad medioambiental regulados en esta ley se iniciarán bien de oficio, bien a solicitud del operador o de cualquier otro interesado.
2. Cuando la iniciación de los procedimientos de exigencia de responsabilidad medioambiental sea instada por un interesado distinto del operador, la solicitud se formalizará por escrito y especificará en todo caso el daño o la amenaza de daño a los recursos naturales protegidos por esta ley. La solicitud especificará, asimismo y cuando ello fuera posible, los siguientes aspectos:
- a) La acción u omisión del presunto responsable.
- b) La identificación del presunto responsable.
- c) La fecha en la que se produjo la acción u omisión.
- d) El lugar donde se ha producido el daño o la amenaza de daño a los recursos naturales.
- e) La relación de causalidad entre la acción o la omisión del presunto responsable y el daño o la amenaza de daño.
A partir de: 5 julio 2014 Artículo 41 redactado por el apartado once del artículo único de la Ley 11/2014, de 3 de julio, por la que se modifica la ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental («B.O.E.» 4 julio) .
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento |
Palabras Clave | Ley 26-2007, Contratos Civiles, Delitos, Derecho Administrativo, Derecho Fiscal, Derecho Hipotecario, Derecho Internacional Público, Derecho Internacional Privado, Derecho Militar, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho Procesal General, Derecho Procesal Penal, Derecho en General, Filosofía del Derecho, Hechos y Actos Jurídicos Civiles, Obligaciones, Acuerdo, Amenaza, Amenazas, As, Causalidad, Denuncia, Documentos, Fecha, Fundamento, Interesado, Juicio, Medio Ambiente, Oficio, Orden, Procedimiento, Procedimientos, Recursos, Responsabilidad, Solicitudes, Superior |
Descripción | LEY. Esta entrada hace referencia a al Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Felipe Córdoba |
Fecha Disposición | 23-10-2007 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-41-de-la-ley-26-2007 |
Fuente | BOE y otras |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 41: Iniciación del Procedimiento |
Materia | Ley de Responsabilidad Medioambiental – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley 26-2007 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 41 de la Ley de Responsabilidad Medioambiental: Iniciación del Procedimiento Completado |
Dominio | leyes.org.es |