Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, Art. 41: Perspectiva de Género

Art. 41 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Perspectiva de Género

Art. 41 de la Ley Orgánica 6/2006: Perspectiva de Género

Enciclopedia del Derecho > España > Legislación > Leyes Básicas de Estatutos de Autonomía > Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña > Título I: Derechos, Deberes y Principios Rectores > Capítulo V: Principios Rectores > Artículo 41: Perspectiva de Género

1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 41 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Perspectiva de Género

2.- Art. 41 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Perspectiva de Género

Párrafo 1 del Artículo 41 de la Ley Orgánica 6/2006

1. Los poderes públicos deben garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el acceso a la ocupación, la formación, la promoción profesional, las condiciones de trabajo, incluida la retribución, y en todas las demás situaciones, así como garantizar que las mujeres no sean discriminadas por causa de embarazo o maternidad.

Párrafo 2 del Artículo 41 de la Ley Orgánica 6/2006

2. Los poderes públicos deben garantizar la transversalidad en la incorporación de la perspectiva de género y de las mujeres en todas las políticas públicas para conseguir la igualdad real y efectiva y la paridad entre mujeres y hombres.

Párrafo 3 del Artículo 41 de la Ley Orgánica 6/2006

3. Las políticas públicas deben garantizar que se haga frente de modo integral a todas las formas de violencia contra las mujeres y a los actos de carácter sexista y discriminatorio; deben fomentar el reconocimiento del papel de las mujeres en los ámbitos cultural, histórico, social y económico, y deben promover la participación de los grupos y las asociaciones de mujeres en la elaboración y evaluación de dichas políticas.

Véase la Ley [CATALUÑA] 5/2008, 24 abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista («D.O.G.C.» 2 mayo).

Párrafo 4 del Artículo 41 de la Ley Orgánica 6/2006

4. Los poderes públicos deben reconocer y tener en cuenta el valor económico del trabajo de cuidado y atención en el ámbito doméstico y familiar en la fijación de sus políticas económicas y sociales.

Párrafo 5 del Artículo 41 de la Ley Orgánica 6/2006

5. Los poderes públicos, en el ámbito de sus competencias y en los supuestos previstos en la ley, deben velar para que la libre decisión de la mujer sea determinante en todos los casos que puedan afectar a su dignidad, integridad y bienestar físico y mental, en particular en lo que concierne al propio cuerpo y a su salud reproductiva y sexual.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 41 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Perspectiva de Género

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 41 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Perspectiva de Género

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 41 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Perspectiva de Género.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 41 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Perspectiva de Género

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 41 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Perspectiva de Género en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 41 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Perspectiva de Género.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 41 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Perspectiva de Género.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 41 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Perspectiva de Género


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 41 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Perspectiva de Género

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 41 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Perspectiva de Género
    Palabras Clave Ley Orgánica 6/2006, Derecho Constitucional, Derecho Laboral, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Obligaciones, Administrativo, Fiscal, Laboral, Medio Ambiente, Mercantil, Penal, Procesal, As, Asociaciones, Civil, Condiciones, Embarazo, Estatuto, Maternidad, Modo, Mujer, Principio de Igualdad, Reconocimiento, Reforma, Sexual, Trabajo
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 41 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Perspectiva de Género y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Carolina Ferreyra
    Fecha Disposición 19-7-2006
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-41-de-la-ley-organica-6-2006
    Fuente BOE y otras
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 41: Perspectiva de Género
    Materia Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 6/2006
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 41 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Perspectiva de Género Completado
    Dominio leyes.org.es


    Deja un comentario