Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Art. 42: Clasificación de las Competencias

Art. 42 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Clasificación de las Competencias

Art. 42 de la Ley Orgánica 2/2007: Clasificación de las Competencias

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 42 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Clasificación de las Competencias

2.- Art. 42 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Clasificación de las Competencias

Párrafo 1 del Artículo 42 de la Ley Orgánica 2/2007

1. Corresponden a la Comunidad Autónoma de Andalucía las competencias exclusivas, compartidas y ejecutivas sobre las materias incluidas en el presente Título, que ejercerá respetando lo dispuesto en la Constitución y en el presente Estatuto.

Párrafo 2 del Artículo 42 de la Ley Orgánica 2/2007

2. La Comunidad Autónoma de Andalucía asume mediante el presente Estatuto:

  • 1.º Competencias exclusivas, que comprenden la potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, íntegramente y sin perjuicio de las competencias atribuidas al Estado en la Constitución. En el ámbito de sus competencias exclusivas, el derecho andaluz es de aplicación preferente en su territorio sobre cualquier otro, teniendo en estos casos el derecho estatal carácter supletorio.
  • 2.º Competencias compartidas, que comprenden la potestad legislativa, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva, en el marco de las bases que fije el Estado en normas con rango de ley, excepto en los supuestos que se determinen de acuerdo con la Constitución. En el ejercicio de estas competencias, la Comunidad Autónoma puede establecer políticas propias.
  • 3.º Competencias ejecutivas, que comprenden la función ejecutiva que incluye la potestad de organización de su propia administración y, en general, aquellas funciones y actividades que el ordenamiento atribuye a la Administración Pública y, cuando proceda, la aprobación de disposiciones reglamentarias para la ejecución de la normativa del Estado.
  • 4.º Competencias en relación con la aplicación del derecho comunitario, que comprenden el desarrollo y la ejecución de la normativa de la Unión Europea cuando afecte al ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma.

Párrafo 3 del Artículo 42 de la Ley Orgánica 2/2007

3. La Comunidad Autónoma de Andalucía ejercerá las competencias no contempladas expresamente en este Estatuto que le sean transferidas o delegadas por el Estado.

Párrafo 4 del Artículo 42 de la Ley Orgánica 2/2007

4. La Comunidad Autónoma, cuando así se acuerde con el Estado, podrá ejercer actividades de inspección y sanción respecto a materias de competencia estatal, en los términos que se establezcan mediante convenio o acuerdo.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 42 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Clasificación de las Competencias

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 42 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Clasificación de las Competencias

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 42 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Clasificación de las Competencias.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 42 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Clasificación de las Competencias

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 42 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Clasificación de las Competencias en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 42 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Clasificación de las Competencias.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 42 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Clasificación de las Competencias.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 42 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Clasificación de las Competencias


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 42 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Clasificación de las Competencias

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 42 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Clasificación de las Competencias
    Palabras Clave Ley Orgánica 2/2007, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Comercial, Derecho Internacional Público, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho en General, Derechos Reales, Acuerdo, Administrativo, As, Comunidad, Convenio, Estado, Estatuto, Normas, Partidas, Reforma, Territorio
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 42 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Clasificación de las Competencias y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Eva Torres
    Fecha Disposición 19-3-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-42-de-la-ley-organica-2-2007
    Fuente , Boletin Oficial De La Junta De Andalucia
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 42: Clasificación de las Competencias
    Materia Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 2/2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 42 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Clasificación de las Competencias Completado
    Dominio leyes.org.es


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