Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
Art. 43 de la Ley Orgánica 3/1979
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
- Versión Actual, en vigor desde 11 de Enero de 1980
- Más información sobre la versión actual del Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
2.- Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
Párrafo 1 del Artículo 43 de la Ley Orgánica 3/1979
1. Se integrarán en el patrimonio de la Comunidad Autónoma vasca los derechos y bienes del Estado u otros organismos públicos afectos a servicios y competencias asumidas por dicha Comunidad.
Párrafo 2 del Artículo 43 de la Ley Orgánica 3/1979
2. El Parlamento Vasco resolverá sobre los órganos del País Vasco, a quienes se transferirá la propiedad o uso de dichos bienes y derechos.
Párrafo 3 del Artículo 43 de la Ley Orgánica 3/1979
3. Una Ley del Parlamento Vasco regulará la administración, defensa y conservación del Patrimonio del País Vasco.
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia relacionada con el Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
- Búsqueda de Datos sobre el Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
- Notas de Jurisprudencia relacionada con el Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-43-de-la-ley-organica-3-1979
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
- Búsqueda de Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco en el Diccionario Jurídico
- Búsqueda de Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco en la Enciclopedia Jurídica española
- Búsqueda de libros jurídicos relacionados con el Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
- Búsqueda de voces relacionadas con el Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco en el Tesauro Jurídico
- Búsqueda de índices relacionados con el Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
- Búsqueda de respuestas jurídicas relacionadas con el Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
- Detalles de enmiendas del Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco y otras
- Notas de correcciones del Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco |
Palabras Clave | Ley Orgánica 3/1979, Derecho Civil, Derecho Internacional Público, Derecho Político, Derecho en General, Derechos Reales, Civil, Medio Ambiente, Administrativo, Bienes, Bienes del Estado, Comunidad, Defensa, Estatuto, Parlamento, Patrimonio, Propiedad, Servicios |
Descripción | LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Salvador Gutiérrez |
Fecha Disposición | 18-12-1979 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-43-de-la-ley-organica-3-1979 |
Fuente | , Boletin Oficial Del Pais Vasco |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 43 |
Materia | Estatuto de Autonomía para el País Vasco – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley Orgánica 3/1979 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 43 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco Completado |
Dominio | leyes.org.es |