Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Art. 45: Fomento

Art. 45 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fomento

Art. 45 de la Ley Orgánica 2/2007: Fomento

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 45 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fomento

2.- Art. 45 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fomento

Párrafo 1 del Artículo 45 de la Ley Orgánica 2/2007

1. En las materias de su competencia, corresponde a la Comunidad Autónoma el ejercicio de la actividad de fomento, a cuyos efectos podrá otorgar subvenciones con cargo a fondos propios, regulando o, en su caso, desarrollando los objetivos y requisitos de otorgamiento y gestionando su tramitación y concesión.

Párrafo 2 del Artículo 45 de la Ley Orgánica 2/2007

2. En el caso de las competencias exclusivas, la Comunidad Autónoma especificará los objetivos a los que se destinen las subvenciones territorializables de la Administración central y las de la Unión Europea, así como la regulación de las condiciones de otorgamiento y la gestión de su tramitación y concesión. En las competencias compartidas, la Comunidad Autónoma precisará los objetivos de las subvenciones territorializables de la Administración central y de la Unión Europea, completando las condiciones de otorgamiento, y asumiendo toda la gestión incluyendo la tramitación y la concesión. En las competencias ejecutivas, corresponderá a la Comunidad Autónoma la gestión de las subvenciones territorializables, que incluye su tramitación y concesión.

Párrafo 3 del Artículo 45 de la Ley Orgánica 2/2007

3. La Comunidad Autónoma participa, en los términos que fije el Estado, en la determinación del carácter no territorializable de las subvenciones estatales y comunitarias y en su gestión y tramitación.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 45 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fomento

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 45 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fomento

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 45 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fomento.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 45 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fomento

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 45 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fomento en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 45 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fomento.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 45 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fomento.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 45 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fomento


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 45 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fomento

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 45 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fomento
    Palabras Clave Ley Orgánica 2/2007, Derecho Municipal, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho en General, Derechos Reales, Obligaciones, Administrativo, As, Cargo, Comunidad, Condiciones, Estado, Estatuto, Fomento, Partidas, Propios, Reforma
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 45 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fomento y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Javier Ríos
    Fecha Disposición 19-3-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-45-de-la-ley-organica-2-2007
    Fuente , Boletin Oficial De La Junta De Andalucia
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 45: Fomento
    Materia Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 2/2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 45 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Fomento Completado
    Dominio leyes.org.es


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