Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa
Art. 48 de la Ley Orgánica 1/2007: Potestad Legislativa
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa
- Versión Actual, en vigor desde 18 de Julio de 2010
- Más información sobre la versión actual del Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa
2.- Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa
Párrafo 1 del Artículo 48 de la Ley Orgánica 1/2007
1. El Parlamento, mediante la elaboración de leyes, ejerce la potestad legislativa. El Parlamento podrá delegar en el Gobierno de la Comunidad Autónoma la potestad de dictar normas con rango de ley, en los mismos términos y supuestos de delegación previstos en la Constitución. No podrán ser objeto de delegación la aprobación de las leyes que necesitan, para ser aprobadas, una mayoría especial.
Párrafo 2 del Artículo 48 de la Ley Orgánica 1/2007
2. Las leyes del Parlamento serán promulgadas en nombre del Rey por el Presidente de la Comunidad Autónoma, quien ordenará su publicación en el Butlletí Oficial de les ILles Balears, en el plazo de los quince días siguientes a su aprobación, así como también en el «Boletín Oficial del Estado». Al efecto de la entrada en vigor de las mismas, regirá la fecha de publicación en el Butlletí Oficial de les ILles Balears. La versión oficial castellana será la que la Presidencia de la Comunidad Autónoma enviará.
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia relacionada con el Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa
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- Notas de Jurisprudencia relacionada con el Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa
Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa
3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-48-de-la-ley-organica-1-2007
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
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- Búsqueda de Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa en la Enciclopedia Jurídica española
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- Búsqueda de respuestas jurídicas relacionadas con el Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa
3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa
- Detalles de enmiendas del Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa y otras
- Notas de correcciones del Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa |
Palabras Clave | Ley Orgánica 1/2007, Derecho Administrativo, Derecho Canónico, Derecho Civil, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho en General, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Persona, Administrativo, As, Comunidad, Efecto, Estatuto, Fecha, Gobierno, Leyes, Nombre, Normas, Objeto, Oficial, Parlamento, Presidencia, Reforma, Rey |
Descripción | LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Felipe Muñoz |
Fecha Disposición | 28-2-2007 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-48-de-la-ley-organica-1-2007 |
Fuente | , Boletin Oficial De Las Illes Balears |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 48: Potestad Legislativa |
Materia | Estatuto de Autonomía de las Illes Balears – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley Orgánica 1/2007 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 48 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Legislativa Completado |
Dominio | leyes.org.es |