Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
Art. 54 de la Ley Orgánica 2/2007: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
- Versión Actual, en vigor desde 18 de Julio de 2010
- Más información sobre la versión actual del Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
2.- Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
Párrafo 1 del Artículo 54 de la Ley Orgánica 2/2007
1. Corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de investigación científica y técnica, la competencia exclusiva con relación a los centros y estructuras de investigación de la Junta de Andalucía y a los proyectos financiados por ésta, que incluye:
- a) El establecimiento de líneas propias de investigación y el seguimiento, control y evaluación de los proyectos.
- b) La organización, régimen de funcionamiento, control, seguimiento y acreditación de los centros y estructuras radicadas en Andalucía.
- c) La regulación y gestión de las becas y de las ayudas convocadas y financiadas por la Junta de Andalucía.
- d) La regulación y la formación profesional del personal investigador y de apoyo a la investigación.
- e) La difusión de la ciencia y la transferencia de resultados.
Párrafo 2 del Artículo 54 de la Ley Orgánica 2/2007
2. Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida sobre la coordinación de los centros y estructuras de investigación de Andalucía.
Párrafo 3 del Artículo 54 de la Ley Orgánica 2/2007
3. Los criterios de colaboración entre el Estado y la Junta de Andalucía en materia de política de investigación, desarrollo e innovación se fijarán en el marco de lo establecido en el Título IX. Igualmente la Junta de Andalucía participará en la fijación de la voluntad del Estado respecto de las políticas que afecten a esta materia en el ámbito de la Unión Europea y en otros organismos e instituciones internacionales.
Véase Ley [ANDALUCÍA] 16/2007, 3 diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento («B.O.J.A.» 21 diciembre).
Véase la Ley [ANDALUCÍA] 1/2007, 16 marzo, por la que se regula la investigación en reprogramación celular con finalidad exclusivamente terapéutica («B.O.J.A.» 29 marzo).
Véase la Ley [ANDALUCÍA] 7/2003, 20 octubre, por la que se regula la investigación en Andalucía con preembriones humanos no viables para la fecundación in vitro («B.O.J.A.» 31 octubre).
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia relacionada con el Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
- Búsqueda de Datos sobre el Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
- Notas de Jurisprudencia relacionada con el Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-54-de-la-ley-organica-2-2007
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
- Búsqueda de Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica en el Diccionario Jurídico
- Búsqueda de Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica en la Enciclopedia Jurídica española
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- Búsqueda de voces relacionadas con el Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica en el Tesauro Jurídico
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- Búsqueda de respuestas jurídicas relacionadas con el Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
- Detalles de enmiendas del Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica y otras
- Notas de correcciones del Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica |
Palabras Clave | Ley Orgánica 2/2007, Derecho Internacional, Derecho Mercantil, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Administrativo, Ciencia, Comunidad, Establecimiento, Estado, Estatuto, Finalidad, Instituciones, Personal, Reforma, Transferencia |
Descripción | LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Eduardo Fernández |
Fecha Disposición | 19-3-2007 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-54-de-la-ley-organica-2-2007 |
Fuente | , Boletin Oficial De La Junta De Andalucia |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 54: Investigación, Desarrollo E Innovación Tecnológica |
Materia | Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley Orgánica 2/2007 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica Completado |
Dominio | leyes.org.es |