Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Art. 54: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica

Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica

Art. 54 de la Ley Orgánica 2/2007: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica

2.- Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica

Párrafo 1 del Artículo 54 de la Ley Orgánica 2/2007

1. Corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de investigación científica y técnica, la competencia exclusiva con relación a los centros y estructuras de investigación de la Junta de Andalucía y a los proyectos financiados por ésta, que incluye:

  • a) El establecimiento de líneas propias de investigación y el seguimiento, control y evaluación de los proyectos.
  • b) La organización, régimen de funcionamiento, control, seguimiento y acreditación de los centros y estructuras radicadas en Andalucía.
  • c) La regulación y gestión de las becas y de las ayudas convocadas y financiadas por la Junta de Andalucía.
  • d) La regulación y la formación profesional del personal investigador y de apoyo a la investigación.
  • e) La difusión de la ciencia y la transferencia de resultados.

Párrafo 2 del Artículo 54 de la Ley Orgánica 2/2007

2. Corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida sobre la coordinación de los centros y estructuras de investigación de Andalucía.

Párrafo 3 del Artículo 54 de la Ley Orgánica 2/2007

3. Los criterios de colaboración entre el Estado y la Junta de Andalucía en materia de política de investigación, desarrollo e innovación se fijarán en el marco de lo establecido en el Título IX. Igualmente la Junta de Andalucía participará en la fijación de la voluntad del Estado respecto de las políticas que afecten a esta materia en el ámbito de la Unión Europea y en otros organismos e instituciones internacionales.

Véase Ley [ANDALUCÍA] 16/2007, 3 diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento («B.O.J.A.» 21 diciembre).

Véase la Ley [ANDALUCÍA] 1/2007, 16 marzo, por la que se regula la investigación en reprogramación celular con finalidad exclusivamente terapéutica («B.O.J.A.» 29 marzo).

Véase la Ley [ANDALUCÍA] 7/2003, 20 octubre, por la que se regula la investigación en Andalucía con preembriones humanos no viables para la fecundación in vitro («B.O.J.A.» 31 octubre).

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica
    Palabras Clave Ley Orgánica 2/2007, Derecho Internacional, Derecho Mercantil, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Administrativo, Ciencia, Comunidad, Establecimiento, Estado, Estatuto, Finalidad, Instituciones, Personal, Reforma, Transferencia
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Eduardo Fernández
    Fecha Disposición 19-3-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-54-de-la-ley-organica-2-2007
    Fuente , Boletin Oficial De La Junta De Andalucia
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 54: Investigación, Desarrollo E Innovación Tecnológica
    Materia Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 2/2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 54 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica Completado
    Dominio leyes.org.es


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