Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia
Art. 57 de la Ley Orgánica 1/1981
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia
- Versión Actual, en vigor desde 18 de Julio de 2010
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2.- Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia
No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, cuando la reforma tuviera por objeto la simple alteración de la organización de los poderes de la Comunidad Autónoma y no afectara a las relaciones de la Comunidad Autónoma con el Estado, se podrá proceder de la siguiente manera:
- a) Elaboración del proyecto de reforma por el Parlamento de Galicia.
- b) Consulta a las Cortes Generales.
- c) Si en el plazo de treinta días, a partir de la recepción de la consulta prevista en el apartado precedente, las Cortes Generales no se declarasen afectadas por la reforma, se convocará, debidamente autorizado, un referéndum sobre el texto propuesto.
- d) Se requerirá finalmente la aprobación de las Cortes Generales mediante ley orgánica.
- e) Si en el plazo señalado en la letra c) las Cortes se declarasen afectadas por la reforma, ésta habrá de seguir el procedimiento previsto en el artículo anterior, dándose por cumplidos los trámites del apartado a) del número 1 del mencionado artículo.
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia relacionada con el Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia
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- Notas de Jurisprudencia relacionada con el Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia
Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia
3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-57-de-la-ley-organica-1-1981
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
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- Búsqueda de Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia en la Enciclopedia Jurídica española
- Búsqueda de libros jurídicos relacionados con el Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia
- Búsqueda de voces relacionadas con el Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia en el Tesauro Jurídico
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- Búsqueda de respuestas jurídicas relacionadas con el Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia
3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia
- Detalles de enmiendas del Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia y otras
- Notas de correcciones del Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia |
Palabras Clave | Ley Orgánica 1/1981, Contratos Civiles, Derecho Administrativo Local, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Civil, Medio Ambiente, Administrativo, As, Cedente, Comunidad, Consulta, Cortes, Estado, Estatuto, Galicia, Objeto, Parlamento, Procedimiento, Reforma |
Descripción | LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Miguel Castro |
Fecha Disposición | 6-4-1981 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-57-de-la-ley-organica-1-1981 |
Fuente | BOE y otras |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 57 |
Materia | Estatuto de Autonomía de Galicia – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley Orgánica 1/1981 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 57 del Estatuto de Autonomía de Galicia Completado |
Dominio | leyes.org.es |