Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno
Art. 58 de la Ley Orgánica 1/2007: Competencias del Gobierno
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno
- Versión Actual, en vigor desde 18 de Julio de 2010
- Más información sobre la versión actual del Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno
2.- Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno
Párrafo 1 del Artículo 58 de la Ley Orgánica 1/2007
1. Corresponde al Gobierno de las ILles Balears el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma a que se refiere el título III de este Estatuto, excepto las que son propias de los Consejos Insulares o les hayan sido transferidas, sin perjuicio de las competencias legislativas que corresponden al Parlamento de las ILles Balears.
Párrafo 2 del Artículo 58 de la Ley Orgánica 1/2007
2. El Gobierno tiene la potestad reglamentaria en sus competencias y elabora los presupuestos de la Comunidad Autónoma sin perjuicio de su examen, enmienda y aprobación por el Parlamento. Se le podrán atribuir otras facultades de acuerdo con la ley.
Párrafo 3 del Artículo 58 de la Ley Orgánica 1/2007
3. En las competencias que, de acuerdo con este Estatuto, los Consejos Insulares hayan asumido como propias, el Gobierno de las ILles Balears podrá establecer los principios generales sobre la materia, garantizando el ejercicio de la potestad reglamentaria por parte de los Consejos Insulares.
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno.
En general:
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3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-58-de-la-ley-organica-1-2007
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
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- Búsqueda de Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno en la Enciclopedia Jurídica española
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3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno
- Detalles de enmiendas del Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno y otras
- Notas de correcciones del Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno |
Palabras Clave | Ley Orgánica 1/2007, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Internacional Público, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho Procesal General, Derecho de las Comunidades Europeas, Derechos Reales, Acuerdo, Administrativo, As, Comunidad, Enmienda, Eria, Estatuto, Gobierno, Parlamento, Parte, Principios, Reforma |
Descripción | LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Salvador Córdoba |
Fecha Disposición | 28-2-2007 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-58-de-la-ley-organica-1-2007 |
Fuente | , Boletin Oficial De Las Illes Balears |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 58: Competencias del Gobierno |
Materia | Estatuto de Autonomía de las Illes Balears – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley Orgánica 1/2007 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 58 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Competencias del Gobierno Completado |
Dominio | leyes.org.es |