Estatuto de Autonomía para el País Vasco: Art. 6

Art. 6 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco

Art. 6 de la Ley Orgánica 3/1979

1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 6 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco

2.- Art. 6 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco

Párrafo 1 del Artículo 6 de la Ley Orgánica 3/1979

1. El euskera, lengua propia del Pueblo Vasco, tendrá como el castellano, carácter de lengua oficial en Euskadi, y todos sus habitantes tienen el derecho a conocer y usar ambas lenguas.

Párrafo 2 del Artículo 6 de la Ley Orgánica 3/1979

2. Las instituciones comunes de la Comunidad Autónoma, teniendo en cuenta la diversidad socio-linguística del País Vasco, garantizarán el uso de ambas lenguas, regulando su carácter oficial, y arbitrarán y regularán las medidas y medios necesarios para asegurar su conocimiento.

Párrafo 3 del Artículo 6 de la Ley Orgánica 3/1979

3. Nadie podrá ser discriminado por razón de la lengua.

Párrafo 4 del Artículo 6 de la Ley Orgánica 3/1979

4. La Real Academia de la Lengua Vasca-Euskaltzaindia es institución consultiva oficial en lo referente al euskera.

Párrafo 5 del Artículo 6 de la Ley Orgánica 3/1979

5. Por ser el euskera patrimonio de otros territorios vascos y comunidades, además de los vínculos y correspondencia que mantengan las instituciones académicas y culturales, la Comunidad Autónoma del País Vasco podrá solicitar del Gobierno español que celebre y presente, en su caso, a las Cortes Generales, para su autorización, los tratados o convenios que permitan el establecimiento de relaciones culturales con los Estados donde se integran o residan aquellos territorios y comunidades, a fin de salvaguardar y fomentar el euskera.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 6 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 6 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 6 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 6 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 6 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 6 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 6 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 6 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en el Art. 6 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 6 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco
    Palabras Clave Ley Orgánica 3/1979, Derecho Administrativo, Derecho Canónico, Derecho Internacional, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho en General, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Civil, Medio Ambiente, Academia, Administrativo, As, Comunidad, Cortes, Establecimiento, Estatuto, Gobierno, Instituciones, Lengua Oficial, Medidas, Oficial, Patrimonio, Tratados
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 6 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Martín Benítez
    Fecha Disposición 18-12-1979
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-6-de-la-ley-organica-3-1979
    Fuente , Boletin Oficial Del Pais Vasco
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 6
    Materia Estatuto de Autonomía para el País Vasco – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 3/1979
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 6 del Estatuto de Autonomía para el País Vasco Completado
    Dominio leyes.org.es


    Deja un comentario