Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, Art. 6: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales

Art. 6 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales

Art. 6 de la Ley Orgánica 6/2006: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales

1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 6 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales

2.- Art. 6 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales

Párrafo 1 del Artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2006

1.La lengua propia de Cataluña es el catalán. Como tal, el catalán es la lengua de uso normal y preferente de las Administraciones públicas y de los medios de comunicación públicos de Cataluña, y es también la lengua normalmente utilizada como vehicular y de aprendizaje en la enseñanza. Expresión «y preferente» del artículo 6.1 declarada inconstitucional, y por lo tanto, nula por Sentencia del Tribunal Constitucional de 28 de junio de 2010.

Párrafo 2 del Artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2006

2.El catalán es la lengua oficial de Cataluña. También lo es el castellano, que es la lengua oficial del Estado español. Todas las personas tienen derecho a utilizar las dos lenguas oficiales y los ciudadanos de Cataluña el derecho y el deber de conocerlas. Los poderes públicos de Cataluña deben establecer las medidas necesarias para facilitar el ejercicio de estos derechos y el cumplimiento de este deber. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32, no puede haber discriminación por el uso de una u otra lengua.

Téngase en cuenta que la Sentencia del Tribunal Constitucional de 28 de junio de 2010 declara que el presente artículo 6.2 no es inconstitucional, siempre que se interprete en los términos establecidos en el Fundamento Jurídico 14 b) de la misma.

Párrafo 3 del Artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2006

3. La Generalitat y el Estado deben emprender las acciones necesarias para el reconocimiento de la oficialidad del catalán en la Unión Europea y la presencia y la utilización del catalán en los organismos internacionales y en los tratados internacionales de contenido cultural o lingüístico.

Párrafo 4 del Artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2006

4. La Generalitat debe promover la comunicación y la cooperación con las demás comunidades y los demás territorios que comparten patrimonio lingüístico con Cataluña. A tales efectos, la Generalitat y el Estado, según proceda, pueden suscribir convenios, tratados y otros mecanismos de colaboración para la promoción y la difusión exterior del catalán.

Párrafo 5 del Artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2006

5. La lengua occitana, denominada aranés en Arán, es la lengua propia de este territorio y es oficial en Cataluña, de acuerdo con lo establecido por el presente Estatuto y las leyes de normalización lingüística.

Véase la Ley [CATALUÑA] 35/2010, 1 octubre, del occitano, aranés en Arán («D.O.G.C.» 29 octubre).

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 6 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 6 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 6 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 6 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 6 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 6 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 6 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 6 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

Textos completos, anteriores a la redacción actual vigente, disponibles del Art. 6 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales

Versión Inicial. VIgente desde 09/08/2006 hasta 18/07/2010

Párrafo 1 del Artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2006

1.La lengua propia de Cataluña es el catalán. Como tal, el catalán es la lengua de uso normal y preferente de las Administraciones públicas y de los medios de comunicación públicos de Cataluña, y es también la lengua normalmente utilizada como vehicular y de aprendizaje en la enseñanza. Expresión «y preferente» del artículo 6.1 declarada inconstitucional, y por lo tanto, nula por Sentencia del Tribunal Constitucional de 28 de junio de 2010.

Párrafo 2 del Artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2006

2.El catalán es la lengua oficial de Cataluña. También lo es el castellano, que es la lengua oficial del Estado español. Todas las personas tienen derecho a utilizar las dos lenguas oficiales y los ciudadanos de Cataluña el derecho y el deber de conocerlas. Los poderes públicos de Cataluña deben establecer las medidas necesarias para facilitar el ejercicio de estos derechos y el cumplimiento de este deber. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32, no puede haber discriminación por el uso de una u otra lengua.

Téngase en cuenta que la Sentencia del Tribunal Constitucional de 28 de junio de 2010 declara que el presente artículo 6.2 no es inconstitucional, siempre que se interprete en los términos establecidos en el Fundamento Jurídico 14 b) de la misma.

Párrafo 3 del Artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2006

3. La Generalitat y el Estado deben emprender las acciones necesarias para el reconocimiento de la oficialidad del catalán en la Unión Europea y la presencia y la utilización del catalán en los organismos internacionales y en los tratados internacionales de contenido cultural o lingüístico.

Párrafo 4 del Artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2006

4. La Generalitat debe promover la comunicación y la cooperación con las demás comunidades y los demás territorios que comparten patrimonio lingüístico con Cataluña. A tales efectos, la Generalitat y el Estado, según proceda, pueden suscribir convenios, tratados y otros mecanismos de colaboración para la promoción y la difusión exterior del catalán.

Párrafo 5 del Artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2006

5. La lengua occitana, denominada aranés en Arán, es la lengua propia de este territorio y es oficial en Cataluña, de acuerdo con lo establecido por el presente Estatuto y las leyes de normalización lingüística.

Véase la Ley [CATALUÑA] 35/2010, 1 octubre, del occitano, aranés en Arán («D.O.G.C.» 29 octubre).


5.- Ficha de Metadatos DC:

Título Art. 6 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales
Palabras Clave Ley Orgánica 6/2006, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Canónico, Derecho Civil, Derecho Internacional, Derecho Internacional Público, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho Procesal General, Derecho en General, Derechos Reales, Filosofía del Derecho, Administrativo, Fiscal, Laboral, Medio Ambiente, Mercantil, Penal, Procesal, Acciones, Acuerdo, As, Civil, Estado, Estatuto, Fundamento, Lengua Oficial, Leyes, Medidas, Oficial, Patrimonio, Reconocimiento, Reforma, Sentencia, Territorio, Tratados, Tratados internacionales
Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 6 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales y Comentarios sobre dicho artículo.
Editor Lawi Project
Colaborador Felipe Suárez
Fecha Disposición 19-7-2006
Tipo Text.ley
Formato Text/HTML
Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-6-de-la-ley-organica-6-2006
Fuente BOE y otras
Órgano Jefatura Del Estado
Lenguaje Español
Cobertura España
Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
Resumen Artículo 6: La Lengua Propia y las Lenguas Oficiales
Materia Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña – Legislación – España
Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
Referencias Ley Orgánica 6/2006
Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
Categoría ISO Derecho – Legislación
Estatus del Dato Art. 6 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: la Lengua Propia y las Lenguas Oficiales Completado
Dominio leyes.org.es


Deja un comentario