Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Art. 63: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social

Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social

Art. 63 de la Ley Orgánica 2/2007: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social

2.- Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social

Párrafo 1 del Artículo 63 de la Ley Orgánica 2/2007

1. Corresponden a la Comunidad Autónoma, en el marco de la legislación del Estado, las competencias ejecutivas en materia de empleo y relaciones laborales, que incluyen en todo caso:

  • 1.º Las políticas activas de empleo, que comprenderán la formación de los demandantes de empleo y de los trabajadores en activo, así como la gestión de las subvenciones correspondientes; la intermediación laboral y el fomento del empleo.
  • 2.º Las cualificaciones profesionales en Andalucía.
  • 3.º Los procedimientos de regulación de ocupación y de actuación administrativa en materia de traslados colectivos entre centros de trabajo situados en Andalucía.
  • 4.º La Prevención de Riesgos Laborales y la Seguridad en el Trabajo.Véase la Ley [ANDALUCÍA] 10/2006, 26 diciembre, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales («B.O.J.A.» 30 diciembre).
  • 5.º La determinación de los servicios mínimos de las huelgas que tengan lugar en Andalucía.
  • 6.º Los instrumentos de conciliación, mediación y arbitraje laborales.
  • 7.º La potestad sancionadora de las infracciones del orden social en el ámbito de sus competencias.
  • 8.º El control de legalidad y, si procede, el registro posterior de los convenios colectivos de trabajo en el ámbito territorial de Andalucía.
  • 9.º La elaboración del calendario de días festivos en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

Véase la Ley [ANDALUCÍA] 4/1983, 27 junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales («B.O.J.A.» 1 julio).

Párrafo 2 del Artículo 63 de la Ley Orgánica 2/2007

2. Corresponde a la Junta de Andalucía la competencia ejecutiva sobre la función pública inspectora en todo lo previsto en el apartado anterior. A tal efecto, los funcionarios de los cuerpos que realicen dicha función dependerán orgánica y funcionalmente de la Junta de Andalucía. A través de los mecanismos de cooperación previstos en el presente Estatuto se establecerán las fórmulas de garantía del ejercicio eficaz de la función inspectora en el ámbito social, ejerciéndose las competencias del Estado y de la Junta de Andalucía de forma coordinada, conforme a los Planes de actuación que se determinen a través de los indicados mecanismos.

Párrafo 3 del Artículo 63 de la Ley Orgánica 2/2007

3. En materia de Seguridad Social, corresponden a la Comunidad Autónoma las competencias ejecutivas que se determinen en aplicación de la legislación estatal, incluida la gestión de su régimen económico, con pleno respeto al principio de unidad de caja.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social
    Palabras Clave Ley Orgánica 2/2007, Derecho Administrativo, Derecho Fiscal, Derecho Minero, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derecho Procesal Civil, Derecho Urbanístico, Derechos Reales, Economía, Filosofía del Derecho, Previsión Social, Sociología, Activo, Administrativo, Arbitraje, As, Comunidad, Efecto, Empleo, Estado, Estatuto, Fomento, Forma, Legalidad, Orden social, Planes, Potestad Sancionadora, Procedimientos, Reforma, Registro, Respeto, Riesgos, Seguridad, Seguridad social, Servicios, Trabajadores, Trabajo
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Adriana Peralta
    Fecha Disposición 19-3-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-63-de-la-ley-organica-2-2007
    Fuente , Boletin Oficial De La Junta De Andalucia
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 63: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social
    Materia Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 2/2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía: Empleo, Relaciones Laborales y Seguridad Social Completado
    Dominio leyes.org.es


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