Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, Art. 63: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa

Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa

Art. 63 de la Ley Orgánica 6/2006: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa

2.- Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa

Párrafo 1 del Artículo 63 de la Ley Orgánica 6/2006

1. El Parlamento puede delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley. Las disposiciones del Gobierno que contienen legislación delegada tienen el nombre de Decretos Legislativos. No pueden ser objeto de delegación legislativa la reforma del Estatuto, las leyes de desarrollo básico, salvo que se delegue el establecimiento de un texto refundido, la regulación esencial y el desarrollo directo de los derechos reconocidos por el Estatuto y por la Carta de los derechos y deberes de los ciudadanos de Cataluña y el presupuesto de la Generalitat.

Párrafo 2 del Artículo 63 de la Ley Orgánica 6/2006

2. La delegación legislativa solo puede otorgarse al Gobierno. La delegación debe ser expresa, mediante ley, para una materia concreta y con la determinación de un plazo para hacer uso de la misma. La delegación se agota cuando el Gobierno publica el decreto legislativo correspondiente o cuando el Gobierno se halla en funciones.

Párrafo 3 del Artículo 63 de la Ley Orgánica 6/2006

3. Cuando se trate de autorizar al Gobierno para formular un nuevo texto articulado, las leyes de delegación deben fijar las bases a las que debe ajustarse el Gobierno en el ejercicio de la delegación legislativa. Cuando se trate de autorizar al Gobierno para refundir textos legales, las leyes deben determinar el alcance y los criterios de la refundición.

Párrafo 4 del Artículo 63 de la Ley Orgánica 6/2006

4. El control de la legislación delegada es regulado por el Reglamento del Parlamento. Las leyes de delegación también pueden establecer un régimen de control especial para los Decretos Legislativos.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa
    Palabras Clave Ley Orgánica 6/2006, Derecho Administrativo, Derecho Civil, Derecho Fiscal, Derecho Internacional Público, Derecho Político, Derecho Procesal, Derecho Procesal General, Derecho en General, Filosofía del Derecho, Persona, Administrativo, Fiscal, Laboral, Medio Ambiente, Mercantil, Penal, Procesal, Civil, Decreto, Establecimiento, Estatuto, Gobierno, Leyes, Nombre, Normas, Objeto, Parlamento, Presa, Presupuesto, Reforma, Reglamento, Texto Articulado, Texto Refundido
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Esteban Juárez
    Fecha Disposición 19-7-2006
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-63-de-la-ley-organica-6-2006
    Fuente BOE y otras
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 63: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa
    Materia Ley Orgánica de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 6/2006
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 63 de la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña: Delegación en el Gobierno de la Potestad Legislativa Completado
    Dominio leyes.org.es


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