Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres
Art. 69 de la Ley 42-2007: Comercio Internacional de Especies Silvestres
1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres
- Versión Actual, en vigor desde 22 de Enero de 2013
- Más información sobre la versión actual del Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres
2.- Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres
Párrafo 1 del Artículo 69 de la Ley 42-2007
1. El comercio internacional de especies silvestres se llevará a cabo de manera sostenible y de acuerdo con la legislación internacional, en particular la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, el Tratado Internacional sobre Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura de la Organización Mundial para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la normativa comunitaria sobre protección de las especies amenazadas mediante el control del comercio.
Párrafo 2 del Artículo 69 de la Ley 42-2007
2. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio mantendrá un registro de las importaciones y exportaciones de especies silvestres cuyo comercio esté regulado, y elaborará, con una periodicidad anual, informes que permitan realizar el análisis de los niveles y tendencias del comercio internacional de estas especies protegidas.
Párrafo 3 del Artículo 69 de la Ley 42-2007
3. El Ministerio de Medio Ambiente evaluará, al menos cada cinco años, a partir de los datos de las estadísticas comerciales, el comercio internacional de vida silvestre en España y comunicará sus conclusiones al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio junto con una propuesta de medidas que permitan adoptar, si procede, las actuaciones necesarias para asegurar la sostenibilidad de dicho comercio.
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio valorará la propuesta y, en su caso, la trasladará a la Comisión Europea.
3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres
3.1.- Concordancias con otros Preceptos
3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres
En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres.
En general:
- Búsqueda de Jurisprudencia relacionada con el Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres
- Búsqueda de Datos sobre el Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres
- Notas de Jurisprudencia relacionada con el Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres
Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres
3.3.- Notas de Doctrina
3.4.- Más Información
- Vínculo Permanente (URI): https://leyes.org.es/art-69-de-la-ley-42-2007
- Anotaciones: el equipo editorial puede haber aplicado cambios en el texto de este repositorio sobre el Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres debidos a las modificaciones incorporadas por la legislación subsiguiente. Cambios que el equipo no ha aplicado al texto del Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres pueden encontrarse en «Cambios Legislativos». Más sobre Anotaciones.
- Ayuda sobre las Disposiciones que no están en vigor.
- Búsqueda de Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres en el Diccionario Jurídico
- Búsqueda de Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres en la Enciclopedia Jurídica española
- Búsqueda de libros jurídicos relacionados con el Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres
- Búsqueda de voces relacionadas con el Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres en el Tesauro Jurídico
- Búsqueda de índices relacionados con el Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres
- Búsqueda de respuestas jurídicas relacionadas con el Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres
3.5.- Más Documentos
Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:
- El texto original tal como fue redactado o su publicación (en ocasiones, en PDF)
- Listas de cambios realizados por o que afectan al Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres
- Detalles de enmiendas del Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres y otras
- Notas de correcciones del Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres y otras
- Bibliografía relacionada con el Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres
- Servicio de Tabla de Contenido
3.6.- Documentos Asociados
No hay documentos asociados al Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres.
3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas
En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres.
3.8.- Notas de Encabezamiento
4.-Cambios Legislativos al Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres
Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.
4.1- Lista de los cambios Legislativos
5.- Ficha de Metadatos DC:
Título | Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres |
Palabras Clave | Ley 42-2007, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Comercial, Derecho Hipotecario, Derecho Internacional Público, Derecho Internacional Privado, Derecho Minero, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal Civil, Derecho Procesal Penal, Derecho en General, Economía, Medio Ambiente, Actuaciones, Acuerdo, As, Cabo, Comercio, Comercio internacional, Convenio, Industria, Medidas, Medio Ambiente, Patrimonio, Penal, Recursos, Registro, Tratado internacional |
Descripción | LEY. Esta entrada hace referencia a al Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres y Comentarios sobre dicho artículo. |
Editor | Lawi Project |
Colaborador | Santiago Sánchez |
Fecha Disposición | 13-12-2007 |
Tipo | Text.ley |
Formato | Text/HTML |
Identificador (URI) | htp://leyes.org.es/art-69-de-la-ley-42-2007 |
Fuente | BOE y otras |
Órgano | Jefatura Del Estado |
Lenguaje | Español |
Cobertura | España |
Derechos | Creative Commons, Otras Restricciones |
Resumen | Artículo 69: Comercio Internacional de Especies Silvestres |
Materia | Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad – Legislación – España |
Audiencia | Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General |
Referencias | Ley 42-2007 |
Citación Bibliográfica | Ver «Puede Citar esta Entrada» |
Categoría ISO | Derecho – Legislación |
Estatus del Dato | Art. 69 de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: Comercio Internacional de Especies Silvestres Completado |
Dominio | leyes.org.es |