Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Art. 7

Art. 7 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Art. 7 de la Ley Orgánica 2/1986

Enciclopedia del Derecho > España > Legislación > Leyes Básicas de Derecho Administrativo > Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad > Título I: De los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad > Capitulo III: Disposiciones Estatutarias Comunes > Artículo 7

1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 7 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

2.- Art. 7 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Párrafo 1 del Artículo 7 de la Ley Orgánica 2/1986

1. En el ejercicio de sus funciones, los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tendrán a todos los efectos legales el carácter de Agentes de la Autoridad.

Párrafo 2 del Artículo 7 de la Ley Orgánica 2/1986

2. Cuando se cometa delito de atentado, empleando en su ejecución armas de fuego, explosivos u otros medios de agresión de análoga peligrosidad, que puedan poner en peligro grave la integridad física de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, tendrán al efecto de su protección penal la consideración de Autoridad.

Párrafo 3 del Artículo 7 de la Ley Orgánica 2/1986

3. La Guardia Civil sólo tendrá consideración de fuerza armada en el cumplimiento de las misiones de carácter militar que se le encomienden, de acuerdo con el ordenamiento jurídico.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 7 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 7 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 7 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 7 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 7 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 7 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 7 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 7 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 7 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 7 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
    Palabras Clave Ley Orgánica 2/1986, Conceptos Generales del Derecho Penal, Contratos Civiles, Derecho Administrativo, Derecho Canónico, Derecho Internacional Público, Derecho Político, Filosofía del Derecho, Penal, Acuerdo, Administrativo, Agentes de la autoridad, Armas, Atentado, Autoridad, Delito, Efecto, Explosivos, Fuerza Armada, Misiones, Peligro, Peligrosidad, Seguridad
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 7 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Pedro Quiroga
    Fecha Disposición 13-3-1986
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-7-de-la-ley-organica-2-1986
    Fuente BOE y otras
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 7
    Materia Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 2/1986
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 7 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad Completado
    Dominio leyes.org.es


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