Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, Art. 72: Potestad Reglamentaria

Art. 72 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Reglamentaria

Art. 72 de la Ley Orgánica 1/2007: Potestad Reglamentaria

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1.- Texto completo de la versión consolidada del Art. 72 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Reglamentaria

2.- Art. 72 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Reglamentaria

Párrafo 1 del Artículo 72 de la Ley Orgánica 1/2007

1. En las competencias que son atribuidas como propias a los Consejos Insulares, éstos ejercen la potestad reglamentaria.

Párrafo 2 del Artículo 72 de la Ley Orgánica 1/2007

2. La coordinación de la actividad de los Consejos Insulares en todo lo que pueda afectar a los intereses de la Comunidad Autónoma corresponderá al Gobierno.

Párrafo 3 del Artículo 72 de la Ley Orgánica 1/2007

3. No obstante lo establecido en el párrafo anterior, cuando se trata de la coordinación de la actividad que ejercen los Consejos Insulares en las competencias que tienen atribuidas como propias, deberá contar con la necesaria participación de los mismos.

3.- Investigación Jurídica sobre el Art. 72 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Reglamentaria

3.1.- Concordancias con otros Preceptos

3.2.- Resoluciones Judiciales en relación al Art. 72 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Reglamentaria

En esta sección se ofrece sumarios de sentencias relacionadas con Art. 72 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Reglamentaria.
En general:

Véase más: Portal de la Jurisprudencia española | Sentencias por Temas | Búsqueda de Sentencias relacionadas con el Art. 72 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Reglamentaria

3.3.- Notas de Doctrina

3.4.- Más Información

3.5.- Más Documentos

Acceda a documentación e información esencial referente al Art. 72 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Reglamentaria en este apartado. Dependiendo de la norma, puede incluir:

3.6.- Documentos Asociados

No hay documentos asociados al Art. 72 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Reglamentaria.

3.7.- Otras Disposiciones Relacionadas

En esta sección se ofrecen referencias cruzadas a otras disposiciones relacionadas con el Art. 72 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Reglamentaria.

3.8.- Notas de Encabezamiento

4.-Cambios Legislativos al Art. 72 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Reglamentaria


Hecha a la versión revisada desde el año 2015. Los cambios realizados antes del año 2015 están ya incorporados en el texto de la legislación revisada de este Repertorio de Legislación. Ayuda sobre la lista de todos los cambios.

4.1- Lista de los cambios Legislativos

  • No se han detectado cambios en las diferentes versiones del Art. 72 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Reglamentaria

  • 5.- Ficha de Metadatos DC:

    Título Art. 72 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Reglamentaria
    Palabras Clave Ley Orgánica 1/2007, Contratos Civiles, Derecho Comercial, Derecho Político, Derecho Privado Romano, Derecho Procesal, Derechos Reales, Familia y Tutela, Obligaciones, Privilegios, Sucesiones, Administrativo, As, Comunidad, Estatuto, Gobierno, Intereses, Reforma
    Descripción LEY ORGANICA. Esta entrada hace referencia a al Art. 72 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Reglamentaria y Comentarios sobre dicho artículo.
    Editor Lawi Project
    Colaborador Carlos Acosta
    Fecha Disposición 28-2-2007
    Tipo Text.ley
    Formato Text/HTML
    Identificador (URI) htp://leyes.org.es/art-72-de-la-ley-organica-1-2007
    Fuente , Boletin Oficial De Las Illes Balears
    Órgano Jefatura Del Estado
    Lenguaje Español
    Cobertura España
    Derechos Creative Commons, Otras Restricciones
    Resumen Artículo 72: Potestad Reglamentaria
    Materia Estatuto de Autonomía de las Illes Balears – Legislación – España
    Audiencia Estudiantes de Derecho, Abogados, Otros Profesionales del Derecho, Público en General
    Referencias Ley Orgánica 1/2007
    Citación Bibliográfica Ver «Puede Citar esta Entrada»
    Categoría ISO Derecho – Legislación
    Estatus del Dato Art. 72 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears: Potestad Reglamentaria Completado
    Dominio leyes.org.es


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